Madrid número 20 (BOCM-20110615-104)
Declaración herederos 1.044 de 2010
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BOCM
Pág. 320
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 15 DE JUNIO DE 2011
B.O.C.M. Núm. 140
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE
104
MADRID NÚMERO 20
EDICTO
Don Manuel Cristóbal Zurdo, secretario del Juzgado de primera instancia número 20 de
Madrid.
BOCM-20110615-104
Hago saber: Que en el expediente de declaración de herederos abintestado seguido en
este Juzgado al número 1.044 de 2010, por el fallecimiento sin testar de doña Francisca del
Moral Prados, ocurrido en Madrid el día 22 de septiembre de 1974, promovido por doña
Margarita Soria del Moral a su favor y al de sus hermanos y primos, parientes en segundo
grado de la causante por representación, se ha acordado por resolución de esta fecha llamar
a los que se crean con igual o mejor derecho a la herencia que los que la solicitan, para que
comparezcan en el Juzgado a reclamarla dentro de treinta días a partir de la publicación de
este edicto, apercibiéndoles de que de no verificarlo les parará el perjuicio a que haya lugar
en derecho.
En Madrid, a 5 de mayo de 2011.—El secretario (firmado).
(02/5.270/11)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
Pág. 320
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 15 DE JUNIO DE 2011
B.O.C.M. Núm. 140
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE
104
MADRID NÚMERO 20
EDICTO
Don Manuel Cristóbal Zurdo, secretario del Juzgado de primera instancia número 20 de
Madrid.
BOCM-20110615-104
Hago saber: Que en el expediente de declaración de herederos abintestado seguido en
este Juzgado al número 1.044 de 2010, por el fallecimiento sin testar de doña Francisca del
Moral Prados, ocurrido en Madrid el día 22 de septiembre de 1974, promovido por doña
Margarita Soria del Moral a su favor y al de sus hermanos y primos, parientes en segundo
grado de la causante por representación, se ha acordado por resolución de esta fecha llamar
a los que se crean con igual o mejor derecho a la herencia que los que la solicitan, para que
comparezcan en el Juzgado a reclamarla dentro de treinta días a partir de la publicación de
este edicto, apercibiéndoles de que de no verificarlo les parará el perjuicio a que haya lugar
en derecho.
En Madrid, a 5 de mayo de 2011.—El secretario (firmado).
(02/5.270/11)
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ISSN 1989-4791