Navalcarnero número 1 (BOCM-20110610-144)
Juicio de faltas 103 de 2011
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 136
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 10 DE JUNIO DE 2011
Pág. 247
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE
144
NAVALCARNERO NÚMERO 1
EDICTO
Doña Irene Ortiz Plaza, secretaria del Juzgado de instrucción número 1 de Navalcarnero.
Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 103 de 2011 se ha dictado la
presente sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice:
En Navalcarnero, a 25 de marzo de 2011.—Vistos por mí, doña Mírian Sánchez Calvo, magistrada-juez titular del Juzgado de primera instancia e instrucción número 1, de Navalcarnero (Madrid), los presentes autos de juicio de faltas número 103 de 2011, seguidos
por una presunta falta de hurto, en virtud de denuncia interpuesta por doña Sara González
Moraleda, contra don Diego Nogales Guerrero y don Adrián Rica Serrano y al que también
fue citado como perjudicado el representante legal de “Pull & Bear”, conforme a las facultades que me han sido dadas por la Constitución y en nombre del Rey dicto la siguiente sentencia.
Fallo
BOCM-20110610-144
Que debo absolver y absuelvo a don Diego Nogales Guerrero y don Adrián Rica Serrano de la falta de hurto de la que habían sido imputados, declarando de oficio las costas
procesales.
Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que no es firme y contra la
misma cabe interponer recurso de apelación, en ambos efectos, ante este Juzgado en el plazo de cinco días a contar desde su notificación, permaneciendo las actuaciones durante dicho plazo a disposición de las partes en la Secretaría del mismo. A dicho recurso se le dará
el trámite previsto en el artículo 976, en relación a los artículos 790 y 792 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.
Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a don Adrián Rica Serrano, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente en Navalcarnero, a 12 de mayo de 2011.—La secretaria (firmado).
(03/18.753/11)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
B.O.C.M. Núm. 136
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 10 DE JUNIO DE 2011
Pág. 247
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE
144
NAVALCARNERO NÚMERO 1
EDICTO
Doña Irene Ortiz Plaza, secretaria del Juzgado de instrucción número 1 de Navalcarnero.
Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 103 de 2011 se ha dictado la
presente sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice:
En Navalcarnero, a 25 de marzo de 2011.—Vistos por mí, doña Mírian Sánchez Calvo, magistrada-juez titular del Juzgado de primera instancia e instrucción número 1, de Navalcarnero (Madrid), los presentes autos de juicio de faltas número 103 de 2011, seguidos
por una presunta falta de hurto, en virtud de denuncia interpuesta por doña Sara González
Moraleda, contra don Diego Nogales Guerrero y don Adrián Rica Serrano y al que también
fue citado como perjudicado el representante legal de “Pull & Bear”, conforme a las facultades que me han sido dadas por la Constitución y en nombre del Rey dicto la siguiente sentencia.
Fallo
BOCM-20110610-144
Que debo absolver y absuelvo a don Diego Nogales Guerrero y don Adrián Rica Serrano de la falta de hurto de la que habían sido imputados, declarando de oficio las costas
procesales.
Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que no es firme y contra la
misma cabe interponer recurso de apelación, en ambos efectos, ante este Juzgado en el plazo de cinco días a contar desde su notificación, permaneciendo las actuaciones durante dicho plazo a disposición de las partes en la Secretaría del mismo. A dicho recurso se le dará
el trámite previsto en el artículo 976, en relación a los artículos 790 y 792 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.
Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a don Adrián Rica Serrano, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente en Navalcarnero, a 12 de mayo de 2011.—La secretaria (firmado).
(03/18.753/11)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791