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Convocatoria contrato –  Resolución de 26 de mayo de 2011, por la que se dispone la publicación en los boletines oficiales y en el “perfil del contratante” en Internet de la convocatoria de contrato de “Encuesta de visitantes a puntos turísticos de la Comunidad de Madrid 2011”
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 10 DE JUNIO DE 2011

B.O.C.M. Núm. 136

7. Requisitos específicos del contratista:
A) Clasificación: No procede.
B) Solvencia económica y financiera:
— Acreditación de la solvencia económica y financiera:
 Artículo 64.1.c) de la Ley de Contratos del Sector Público: Declaración sobre el volumen global de negocios y, en su caso, sobre el volumen de negocios en el ámbito de actividades correspondiente al objeto del contrato, referido, como máximo, a los tres últimos ejercicios disponibles en función de la
fecha de creación o de inicio de las actividades del empresario, en la medida
en que se disponga de las referencias de dicho volumen de negocios.
Criterios de selección: La solvencia económica y financiera del empresario
se acreditará mediante una declaración relativa a la cifra de negocios global y de los servicios realizados por la empresa en el curso de los tres últimos ejercicios.
El límite mínimo establecido para la cifra de negocios global es de 160.000
euros anuales durante los tres últimos años, y la cifra de negocios relativa
a servicios es de 100.000 euros anuales. Las empresas con menos de tres
años de constitución deberán acreditar estas cifras desde las fechas de
constitución.
— Acreditación de la solvencia técnica o profesional:
 Artículo 67.a) de la Ley de Contratos del Sector Público: Una relación de
los principales servicios o trabajos realizados en los últimos tres años que
incluya importe, fechas y el destinatario, público o privado, de los mismos.
Los servicios o trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados
expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea
una entidad del sector público o, cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por este o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario; en su caso, estos certificados
serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad
competente.
Criterios de selección: La solvencia técnica se acreditará adjuntando una
relación de los trabajos similares realizados en los tres últimos años, indicándose su importe, fechas y beneficiarios de los mismos. En el caso de
empresas de nueva creación o que tengan menos de tres años de existencia, la solvencia exigida se comprobará mediante la relación de los trabajos realizados en su período de existencia. Se exige, como mínimo, tres
contratos referidos a trabajos de campo sobre encuestas en puntos turísticos realizadas para organismos de las Administraciones Públicas.
 Artículo 67.e) de la Ley de Contratos del Sector Público: Las titulaciones
académicas y profesionales del empresario y del personal directivo de la empresa y, en particular, del personal responsable de la ejecución del contrato.
Criterios de selección: La solvencia técnica del equipo participante en el
contrato se acreditará mediante documento en el que se especifiquen la titulación económica y la experiencia de sus integrantes convenientemente identificados. Los requisitos que se establecen para el equipo son los siguientes:
– Director de la investigación: Titulación superior o media, y experiencia
de, al menos, un año en la dirección de encuestas a visitantes en puntos
turísticos.
– Requisitos sobre los encuestadores. Se exigirá que los encuestadores:
a) Acrediten experiencia previa en la realización de encuestas a visitantes en puntos turísticos.
b) Al menos el 50 por 100 del total de dichos encuestadores, dominen,
además del español, el inglés u otro de los idiomas oficiales de la
Unión Europea.

BOCM-20110610-43

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