Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Carrera Profesional. (2025062920)
Resolución de 8 de julio de 2025, de la Dirección General de Función Pública, por la que se modifica la Resolución de 14 de enero de 2022, por la que se aprueba el Plan Anual de Valoración a efectos del reconocimiento de los distintos niveles de carrera profesional horizontal.
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NÚMERO 148
Viernes 1 de agosto de 2025
43314
CONSEJERÍA DE HACIENDA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
RESOLUCIÓN de 8 de julio de 2025, de la Dirección General de Función
Pública, por la que se modifica la Resolución de 14 de enero de 2022, por la
que se aprueba el Plan Anual de Valoración a efectos del reconocimiento de
los distintos niveles de carrera profesional horizontal. (2025062920)
Mediante la Resolución de 14 de enero de 2022, de la Dirección General de Función Pública,
se aprobó el Plan Anual de Valoración a efectos del reconocimiento de los distintos niveles de
carrera profesional horizontal, el cual se ha venido aplicando en la valoración de los méritos
requeridos para la obtención de los diferentes niveles de carrera.
La presente modificación tiene por finalidad introducir un nuevo párrafo en el apartado relativo a los Puestos de Especial Desempeño, con el objeto de incluir expresamente a los empleados y empleadas públicas que ostenten la condición de persona con discapacidad intelectual.
Esta inclusión responde al compromiso de las Administraciones Públicas con los principios de
igualdad, no discriminación y accesibilidad universal, conforme a lo establecido en la normativa vigente en materia de derechos de las personas con discapacidad.
En la actualidad, se constata que el colectivo de empleados y empleadas públicas con discapacidad intelectual tienen dificultades para la obtención de la puntuación necesaria para el
acceso a los diferentes niveles de carrera profesional horizontal, por la escasa oferta de cursos
formativos dirigida a los mismos, circunstancia que dificulta el ejercicio efectivo de su derecho
a la carrera profesional, generando una situación de desigualdad material que debe ser corregida mediante la implementación de medidas específicas, adecuando el Plan de Valoración a
las particularidades de este colectivo, incluyendo ajustes razonables en los procesos de valoración de su solicitud, y cuantas medidas resulten necesarias para garantizar la equidad en el
desarrollo personal y profesional de estos empleados y empleadas públicas.
Por otra parte, se aprovecha la presente modificación para otorgar una nueva redacción al
apartado, 2.1 relativo a Transferencia del conocimiento: “Órganos de selección y provisión
de personal de las Administraciones Públicas”, dando cabida a la participación en cualquier
órgano de selección y provisión de la Junta de Extremadura.
En consecuencia, se modifica el Plan Anual de Valoración en los apartados que a continuación
se relacionan:
TRANSFERENCIA, INNOVACIÓN Y DIFUSIÓN DE CONOCIMIENTOS.
2.1. Transferencia del conocimiento.
Viernes 1 de agosto de 2025
43314
CONSEJERÍA DE HACIENDA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
RESOLUCIÓN de 8 de julio de 2025, de la Dirección General de Función
Pública, por la que se modifica la Resolución de 14 de enero de 2022, por la
que se aprueba el Plan Anual de Valoración a efectos del reconocimiento de
los distintos niveles de carrera profesional horizontal. (2025062920)
Mediante la Resolución de 14 de enero de 2022, de la Dirección General de Función Pública,
se aprobó el Plan Anual de Valoración a efectos del reconocimiento de los distintos niveles de
carrera profesional horizontal, el cual se ha venido aplicando en la valoración de los méritos
requeridos para la obtención de los diferentes niveles de carrera.
La presente modificación tiene por finalidad introducir un nuevo párrafo en el apartado relativo a los Puestos de Especial Desempeño, con el objeto de incluir expresamente a los empleados y empleadas públicas que ostenten la condición de persona con discapacidad intelectual.
Esta inclusión responde al compromiso de las Administraciones Públicas con los principios de
igualdad, no discriminación y accesibilidad universal, conforme a lo establecido en la normativa vigente en materia de derechos de las personas con discapacidad.
En la actualidad, se constata que el colectivo de empleados y empleadas públicas con discapacidad intelectual tienen dificultades para la obtención de la puntuación necesaria para el
acceso a los diferentes niveles de carrera profesional horizontal, por la escasa oferta de cursos
formativos dirigida a los mismos, circunstancia que dificulta el ejercicio efectivo de su derecho
a la carrera profesional, generando una situación de desigualdad material que debe ser corregida mediante la implementación de medidas específicas, adecuando el Plan de Valoración a
las particularidades de este colectivo, incluyendo ajustes razonables en los procesos de valoración de su solicitud, y cuantas medidas resulten necesarias para garantizar la equidad en el
desarrollo personal y profesional de estos empleados y empleadas públicas.
Por otra parte, se aprovecha la presente modificación para otorgar una nueva redacción al
apartado, 2.1 relativo a Transferencia del conocimiento: “Órganos de selección y provisión
de personal de las Administraciones Públicas”, dando cabida a la participación en cualquier
órgano de selección y provisión de la Junta de Extremadura.
En consecuencia, se modifica el Plan Anual de Valoración en los apartados que a continuación
se relacionan:
TRANSFERENCIA, INNOVACIÓN Y DIFUSIÓN DE CONOCIMIENTOS.
2.1. Transferencia del conocimiento.