Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Energía Eléctrica. (2025062908)
Resolución de 24 de julio de 2025, del Servicio de Ordenación Industrial, Energética y Minera, por la que se otorga autorización administrativa previa a Edistribución Redes Digitales, SLU, de las instalaciones correspondientes al proyecto denominado "Ejecución sustitución del tramo de línea aérea 66 kV s/c Hinojosa del Valle-Villafranca de los Barros entre los apoyos 4 y 13, en los términos municipales de Ribera del Fresno, Villafranca de los Barros y Los Santos de Maimona (provincia de Badajoz)". Expte.: 06/AT-01788/18316.
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NÚMERO 148
Viernes 1 de agosto de 2025

43409



Diario Oficial de Extremadura: 13 de noviembre de 2024.



Boletín Oficial del Estado: 9 de diciembre de 2024.



Boletín oficial de la Provincia: 14 de noviembre de 2024.



Periódicos: 13 de diciembre de 2024.



Tabón de anuncio: Ayuntamiento de Los Santos de Maimona: 5 de noviembre de 2024.
Ayuntamiento de Ribera del Fresno: 14 de mayo de 2025.
Ayuntamiento de Villafranca de los Barros: 3 de junio de 2025.

— Información a otras Administraciones Públicas y empresas de servicio público o de interés general, al objeto de que, en relación con bienes y derechos a su cargo afectados
por el proyecto o aspectos de su competencia, manifestaran su conformidad u oposición
y establecieran los condicionados técnicos correspondientes.
Tercero. Respecto a las actuaciones indicadas en el apartado anterior debe hacerse constar
lo siguiente:
— Durante el trámite de información pública sí han sido presentadas alegaciones.
— La Empresa ha manifestado su aceptación de los condicionados recogidos en los pronunciamientos e informes emitidos por las Administraciones Públicas y empresas de servicio
público o de interés general.
— Como resultado de los trámites relativos a la evaluación de impacto ambiental, el órgano competente en materia de medio ambiente ha emitido Informe de impacto ambiental
simplificado favorable con fecha 04/09/2024.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero. Conforme a lo dispuesto en el artículo 9.1.37 del Estatuto de Autonomía de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en la redacción dada por la Ley Orgánica 1/2011, de 28
de enero, la misma posee la competencia exclusiva en materia de instalaciones de producción, almacenamiento, distribución y transporte de energías de cualquier tipo en su territorio,
correspondiéndole la función legislativa, la potestad reglamentaria y, en ejercicio de la función
ejecutiva, la adopción de cuantas medidas, decisiones y actos procedan. Esta función ejecutiva es realizada por la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible, según
lo dispuesto en el Decreto de la Presidenta 16/2023, de 20 de julio, por el que se modifican