Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Energía Eléctrica. (2025062909)
Resolución de 24 de julio de 2025, del Servicio de Ordenación Industrial, Energética y Minera, por la que se declara, en concreto, de utilidad pública las instalaciones correspondientes al proyecto denominado "Ejecución sustitución del tramo de línea aérea 66 kV s/c Hinojosa del Valle-Villafranca de los Barros entre los apoyos 4 y 13, en los términos municipales de Ribera del Fresno, Los Santos de Maimona y Villafranca de los Barros (provincia de Badajoz)". Expte.: 06/AT-01788/18316.
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NÚMERO 148
43416
Viernes 1 de agosto de 2025
RESUELVE:
Conceder a Edistribución Redes Digitales, SLU, reconocimiento, en concreto, de la utilidad
pública de las instalaciones correspondientes al proyecto denominado “Proyecto de ejecución
sustitución del tramo de línea aérea 66 kV s/c Hinojosa del Valle-Villafranca de los Barros
entre los apoyos 4 y 13, en los términos municipales de Ribera del Fresno, Los Santos de
Maimona y Villafranca de los Barros (provincia de Badajoz)”, cuyos datos esenciales son los
indicados seguidamente:
Línea aérea de alta tensión:
— Origen : Apoyo 4 (entronque a SET Hinojosa).
— Final : Apoyo 13 (entronque con la línea a SET Hornachos).
— Tipo aérea de simple circuito.
— Tensión de servicio 66 kV.
— Longitud de 10,853 km.
La declaración de utilidad pública se otorga bajo las siguientes condiciones:
— La Empresa deberá dar cumplimiento a los condicionados recogidos en los pronunciamientos e informes emitidos por las Administraciones Públicas y empresas de servicio
público o de interés general, de los que se le ha dado traslado.
— La Empresa queda obligada en todo momento a dar cumplimiento a lo establecido en la
Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, y en sus disposiciones de desarrollo. Además, la Empresa queda obligada a cumplir las condiciones establecidas por el
órgano ambiental en la declaración de impacto ambiental o informe ambiental citado en
los Antecedentes de hecho de esta resolución.
— Esta resolución se emite sin perjuicio e independientemente de las autorizaciones, licencias, concesiones o permisos de competencia municipal o de otros organismos y
entidades, necesarias para la realización de las obras y el establecimiento de las instalaciones a las que se refiere esta resolución, así como las relacionadas, en su caso, con
sus instalaciones auxiliares y complementarias.
La Empresa deberá ajustarse en todo momento al proyecto presentado. Las modificaciones
que deban ser introducidas deberán disponer previamente de la correspondiente autorización,
sin la cual no podrán ser ejecutadas.
43416
Viernes 1 de agosto de 2025
RESUELVE:
Conceder a Edistribución Redes Digitales, SLU, reconocimiento, en concreto, de la utilidad
pública de las instalaciones correspondientes al proyecto denominado “Proyecto de ejecución
sustitución del tramo de línea aérea 66 kV s/c Hinojosa del Valle-Villafranca de los Barros
entre los apoyos 4 y 13, en los términos municipales de Ribera del Fresno, Los Santos de
Maimona y Villafranca de los Barros (provincia de Badajoz)”, cuyos datos esenciales son los
indicados seguidamente:
Línea aérea de alta tensión:
— Origen : Apoyo 4 (entronque a SET Hinojosa).
— Final : Apoyo 13 (entronque con la línea a SET Hornachos).
— Tipo aérea de simple circuito.
— Tensión de servicio 66 kV.
— Longitud de 10,853 km.
La declaración de utilidad pública se otorga bajo las siguientes condiciones:
— La Empresa deberá dar cumplimiento a los condicionados recogidos en los pronunciamientos e informes emitidos por las Administraciones Públicas y empresas de servicio
público o de interés general, de los que se le ha dado traslado.
— La Empresa queda obligada en todo momento a dar cumplimiento a lo establecido en la
Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, y en sus disposiciones de desarrollo. Además, la Empresa queda obligada a cumplir las condiciones establecidas por el
órgano ambiental en la declaración de impacto ambiental o informe ambiental citado en
los Antecedentes de hecho de esta resolución.
— Esta resolución se emite sin perjuicio e independientemente de las autorizaciones, licencias, concesiones o permisos de competencia municipal o de otros organismos y
entidades, necesarias para la realización de las obras y el establecimiento de las instalaciones a las que se refiere esta resolución, así como las relacionadas, en su caso, con
sus instalaciones auxiliares y complementarias.
La Empresa deberá ajustarse en todo momento al proyecto presentado. Las modificaciones
que deban ser introducidas deberán disponer previamente de la correspondiente autorización,
sin la cual no podrán ser ejecutadas.