Consejería De Economía, Empleo Y Transformación Digital. Ceses. (2025040160)
Decreto 93/2025, de 29 de julio, por el que se dispone el cese de don Facundo Mera Arias como Director General de FEVAL-Institución Ferial de Extremadura.
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NÚMERO 146
Miércoles 30 de julio de 2025
II
42988
AUTORIDADES Y PERSONAL
1. NOMBRAMIENTOS, SITUACIONES E INCIDENCIAS
CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, EMPLEO Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL
DECRETO 93/2025, de 29 de julio, por el que se dispone el cese de don
Facundo Mera Arias como Director General de FEVAL-Institución Ferial de
Extremadura. (2025040160)
FEVAL-Institución Ferial de Extremadura es un Consorcio perteneciente al sector público administrativo de la Comunidad Autónoma de Extremadura, formado por la Junta de Extremadura, las Excmas. Diputaciones Provinciales de Badajoz y Cáceres y el Ilmo. Ayuntamiento de
Don Benito. Según sus estatutos, se encuentra adscrito a la Administración de la Comunidad
Autónoma de Extremadura y, dentro de ésta, a la Consejería con competencias en materia
de comercio.
De conformidad con lo establecido en el artículo 2 del Decreto de la Presidenta 16/2023, de
20 de julio, por el que se modifican la denominación y las competencias de las Consejerías
que conforman la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, la Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital ejercerá, entre otras, la competencia en
materia de planificación y coordinación económica y estadística, comercio e inversiones y la
política empresarial. Asimismo, en virtud de lo establecido, tanto en el artículo 18 del Decreto
77/2023, de 21 de julio, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, como en el artículo 1.6 del Decreto
234/2023, de 12 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital y se modifica el Decreto 26/2009, de 27
de febrero, por el que se aprueban los Estatutos del Servicio Extremeño Público de Empleo, el
Consorcio Feval-Institución Ferial de Extremadura, queda adscrito a la Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital.
El artículo 30 de los Estatutos de FEVAL dispone que el nombramiento y cese del Director General se llevarán a cabo por decreto del Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura, a
propuesta del Consejero competente en materia de comercio y previa designación de la Junta
Rectora, todo ello, de conformidad con la Ley 1/2014, de 18 de febrero, de regulación del
estatuto de los cargos públicos del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma
de Extremadura. En este sentido, el artículo 13 de la citada Ley 1/2014, de 18 de febrero,
dispone que su nombramiento se llevará a cabo, en todo caso, por decreto del Consejo de
Gobierno de la Junta de Extremadura.
Miércoles 30 de julio de 2025
II
42988
AUTORIDADES Y PERSONAL
1. NOMBRAMIENTOS, SITUACIONES E INCIDENCIAS
CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, EMPLEO Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL
DECRETO 93/2025, de 29 de julio, por el que se dispone el cese de don
Facundo Mera Arias como Director General de FEVAL-Institución Ferial de
Extremadura. (2025040160)
FEVAL-Institución Ferial de Extremadura es un Consorcio perteneciente al sector público administrativo de la Comunidad Autónoma de Extremadura, formado por la Junta de Extremadura, las Excmas. Diputaciones Provinciales de Badajoz y Cáceres y el Ilmo. Ayuntamiento de
Don Benito. Según sus estatutos, se encuentra adscrito a la Administración de la Comunidad
Autónoma de Extremadura y, dentro de ésta, a la Consejería con competencias en materia
de comercio.
De conformidad con lo establecido en el artículo 2 del Decreto de la Presidenta 16/2023, de
20 de julio, por el que se modifican la denominación y las competencias de las Consejerías
que conforman la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, la Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital ejercerá, entre otras, la competencia en
materia de planificación y coordinación económica y estadística, comercio e inversiones y la
política empresarial. Asimismo, en virtud de lo establecido, tanto en el artículo 18 del Decreto
77/2023, de 21 de julio, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, como en el artículo 1.6 del Decreto
234/2023, de 12 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital y se modifica el Decreto 26/2009, de 27
de febrero, por el que se aprueban los Estatutos del Servicio Extremeño Público de Empleo, el
Consorcio Feval-Institución Ferial de Extremadura, queda adscrito a la Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital.
El artículo 30 de los Estatutos de FEVAL dispone que el nombramiento y cese del Director General se llevarán a cabo por decreto del Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura, a
propuesta del Consejero competente en materia de comercio y previa designación de la Junta
Rectora, todo ello, de conformidad con la Ley 1/2014, de 18 de febrero, de regulación del
estatuto de los cargos públicos del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma
de Extremadura. En este sentido, el artículo 13 de la citada Ley 1/2014, de 18 de febrero,
dispone que su nombramiento se llevará a cabo, en todo caso, por decreto del Consejo de
Gobierno de la Junta de Extremadura.