Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Formación Profesional. Admisión De Alumnos. (2025062879)
Resolución de 22 de julio de 2025, de la Dirección General de Formación Profesional, Innovación e Inclusión Educativa, por la que se convoca el procedimiento de admisión y matriculación para la realización de módulos profesionales incluidos en títulos de Formación Profesional de Grados D y E en la modalidad de oferta modular en presencial, semipresencial y on-line, y en grado básico en modalidad dirigida a alumnado con necesidades educativas especiales, en la Comunidad Autónoma de Extremadura, para el curso 2025/2026.
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NÚMERO 145
Martes 29 de julio de 2025

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tración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, para atender a lo previsto en el
artículo 84.bis de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración
de la Comunidad Autónoma de Extremadura (DOE núm. 78, de 27 de abril de 2021),
e integradas en el Sistema de Registro Único de la Administración de la Comunidad
Autónoma de Extremadura y de sus organismos públicos vinculados o dependientes, recogido en el Decreto 257/2009, de 18 de diciembre, por el que se implanta un Sistema
de Registro único y se regulan las funciones administrativas del mismo en el ámbito de
la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura (DOE núm. 246, de 24
de diciembre de 2009). En caso de optar por presentar su solicitud de admisión en una
oficina de correos, lo harán en sobre abierto para que la instancia sea fechada y sellada
antes de ser certificada.
c. Por cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE
núm. 236, de 2 de octubre de 2015).
5. Además de lo anterior, podrá presentarse por vía telemática a través del Registro Electrónico General, de la Sede electrónica de la Junta de Extremadura,
https://tramites.juntaex.es/sta/CarpetaPublic/doEvent?APP_CODE=STA&PAGE_CODE=PTS2_REGGENERAL_INFO

o cualquier otro de los registros a los que hace referencia el apartado anterior.
En caso de presentarlas por esta vía, para la autenticación y firma electrónica de la solicitud será necesario que los interesados dispongan de D.N.I. electrónico o certificado electrónico en vigor. Si no dispone de ellos, podrán obtenerlos en cualquiera de las siguientes
direcciones:
https://www.dnielectronico.es/PortalDNIe/PRF1_Cons02.action?pag=REF_009
https://www.cert.fnmt.es/
6. Las solicitudes que no incluyan la información requerida en los apartados indicados como
de cumplimentación obligatoria serán excluidas del proceso, sin perjuicio de la posible subsanación que corresponda durante el periodo de reclamaciones indicado en el calendario
de actuaciones.
Décimo quinto. Condiciones de la solicitud de admisión en la oferta modular ordinaria.
1. Cada solicitud de admisión únicamente podrá contener módulos impartidos en el mismo
centro educativo y serán ordenados según el orden de preferencia del solicitante.