Presidencia De La Junta. Violencia De Género. Subvenciones. (2025062857)
Resolución de 18 de julio de 2025, de la Secretaría General de Igualdad y Conciliación, por la que se desestima la solicitud de subvención a la entidad Asociación Extremeña de Mujeres con Discapacidad, en el marco de la Resolución de 31 de marzo de 2025, de la Secretaría General de la Consejería de Presidencia, Interior y Diálogo Social, por la que se establece para el ejercicio 2025, la convocatoria para la concesión de subvenciones para la realización de proyectos que fomenten la participación social de las mujeres, la promoción de la igualdad de género y la prevención y erradicación de la violencia contra las mujeres en el marco del Pacto de Estado contra la Violencia de género. Modalidad B: Proyectos de intervención en materia de violencia de género.
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NÚMERO 144
Lunes 28 de julio de 2025
42509
mujeres con discapacidad, utilizando el medio acuático como herramienta terapéutica para
estimular la neuroplasticidad, potenciar la condición física, emocional y cognitiva, y favorecer
su recuperación integral y bienestar en salud mental.
Tercero. Con fecha de 19 de mayo de 2025, el órgano gestor emite un requerimiento de
subsanación de deficiencias, en el que se indica:
“Examinada la solicitud presentada así como la documentación que acompaña a la misma,
se comprueba que la misma presenta las siguientes deficiencias:
1. Según el artículo 14 de la Orden de 26 de julio de 2022 por la que se establecen y aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para la realización de proyectos que fomenten la participación social de las mujeres, la promoción de la igualdad
de género y la prevención y erradicación de la violencia contra las mujeres en el marco
del Pacto de Estado contra la Violencia de Género, por razón de la naturaleza de las actividades que integran el proyecto subvencionado, se podrá autorizar la subcontratación
parcial por un máximo del 50% del importe de la actividad subvencionada. Por ello se
requiere presupuesto desglosado de las actividades. Asimismo, se solicita desglose de
las actuaciones del proyecto a llevar a cabo relacionados con mujeres con discapacidad
que no sean víctimas de violencia de género así como el coste de los gastos asociados
a las mismas.
2. No consta documentación que acredite la personalidad jurídica de quien fuera solicitante, acompañada de la identificación fiscal correspondiente tampoco documentación que
acredite, en su caso, la representación, conforme al artículo 5 de la Ley 39/2015, de 1
de octubre. Se requiere su presentación”.
En respuesta a dicho requerimiento de subsanación de deficiencias, en fecha 25 de mayo de
2025 la entidad solicitante aporta una serie de documentos al Registro Electrónico de la Junta
de Extremadura para su incorporación al expediente procediendo con ello a la subsanación
del punto segundo arriba expuesto. No obstante, debe hacerse constar que entre la documentación aportada figura presupuesto detallado y factura proforma emitida en fecha 12 de
abril de 2025 por la empresa con la que se pretende subcontratar a nombre de la “Asociación
Extremeña Mujeres con Discapacidad” en la que figura el presupuesto desglosado de las actividades que integran el proyecto subvencionado y que se pretenden subcontratar por importe
total de 22.875,36 € lo que supone un 95% del importe de la actividad subvencionada. Dicha
cuantía excede el límite máximo del 50% autorizado para la subcontratación parcial previsto
por el apartado 1.º del artículo 14 de la Orden de 27 de julio de 2022 por la que se establecen
y aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para la realización de
proyectos que fomenten la participación social de las mujeres, la promoción de la igualdad de
Lunes 28 de julio de 2025
42509
mujeres con discapacidad, utilizando el medio acuático como herramienta terapéutica para
estimular la neuroplasticidad, potenciar la condición física, emocional y cognitiva, y favorecer
su recuperación integral y bienestar en salud mental.
Tercero. Con fecha de 19 de mayo de 2025, el órgano gestor emite un requerimiento de
subsanación de deficiencias, en el que se indica:
“Examinada la solicitud presentada así como la documentación que acompaña a la misma,
se comprueba que la misma presenta las siguientes deficiencias:
1. Según el artículo 14 de la Orden de 26 de julio de 2022 por la que se establecen y aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para la realización de proyectos que fomenten la participación social de las mujeres, la promoción de la igualdad
de género y la prevención y erradicación de la violencia contra las mujeres en el marco
del Pacto de Estado contra la Violencia de Género, por razón de la naturaleza de las actividades que integran el proyecto subvencionado, se podrá autorizar la subcontratación
parcial por un máximo del 50% del importe de la actividad subvencionada. Por ello se
requiere presupuesto desglosado de las actividades. Asimismo, se solicita desglose de
las actuaciones del proyecto a llevar a cabo relacionados con mujeres con discapacidad
que no sean víctimas de violencia de género así como el coste de los gastos asociados
a las mismas.
2. No consta documentación que acredite la personalidad jurídica de quien fuera solicitante, acompañada de la identificación fiscal correspondiente tampoco documentación que
acredite, en su caso, la representación, conforme al artículo 5 de la Ley 39/2015, de 1
de octubre. Se requiere su presentación”.
En respuesta a dicho requerimiento de subsanación de deficiencias, en fecha 25 de mayo de
2025 la entidad solicitante aporta una serie de documentos al Registro Electrónico de la Junta
de Extremadura para su incorporación al expediente procediendo con ello a la subsanación
del punto segundo arriba expuesto. No obstante, debe hacerse constar que entre la documentación aportada figura presupuesto detallado y factura proforma emitida en fecha 12 de
abril de 2025 por la empresa con la que se pretende subcontratar a nombre de la “Asociación
Extremeña Mujeres con Discapacidad” en la que figura el presupuesto desglosado de las actividades que integran el proyecto subvencionado y que se pretenden subcontratar por importe
total de 22.875,36 € lo que supone un 95% del importe de la actividad subvencionada. Dicha
cuantía excede el límite máximo del 50% autorizado para la subcontratación parcial previsto
por el apartado 1.º del artículo 14 de la Orden de 27 de julio de 2022 por la que se establecen
y aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para la realización de
proyectos que fomenten la participación social de las mujeres, la promoción de la igualdad de