Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2025062855)
Resolución de 18 de julio de 2025, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula valoración ambiental sobre la modificación del proyecto de planta de producción de diamantes sintéticos, cuya promotora es Diamond Foundry Europe, SL. Expte.: IA25/0804.
7 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 143
Viernes 25 de julio de 2025
42431
— Sistemas auxiliares de proceso. Refrigeración: Se plantea con la modificación el aumento en las torres de refrigeración presentes en la industria, pasando de 33 (12 en edificio
1, 12 en edificio 2 y 9 en edificio 3) a 72 (27 en edificio 1, 27 en edificio 2 y 18 en edificio
3). Con esta modificación se pretende dotar de una mayor seguridad de funcionamiento
a la instalación, dotando de más autonomía a cada línea de producción y redundancia en
equipos para evitar paradas de producción, así como mejorar la eficiencia en el consumo
al ajustar el rango de funcionamiento de los equipos. La industria va a pasar de un número de equipos de mayor potencia a aumentar el número de equipos, pero rebajando
la potencia. La incorporación de estos equipos, no suponen un aumento del consumo
previsto en agua y electricidad.
— Sistemas auxiliares de proceso. Climatización y ventilación: Se incorporarán nuevos
equipos para garantizar en todo momento las condiciones de ventilación y temperatura
necesaria, asegurar las atmósferas desclasificadas y asegurar, mediante la redundancia
en estos equipos, un funcionamiento 24/7 de la fábrica. La incorporación de todos estos
equipos no supone un aumento sustancial en el consumo eléctrico.
— Redistribución de los focos de emisión para cumplir con distancias de seguridad desde
la salida de los venteos a otros equipos.
Quinto. Con fecha 21 de mayo de 2025, la Dirección General de Sostenibilidad inicia la fase
de solicitud de informes a las Administraciones Públicas afectadas por razón de la materia en
relación con los elementos esenciales que son objeto de la modificación solicitada y tenidos
en cuenta en la evaluación de impacto ambiental, por exigirlo así el artículo 86.2 de la Ley
16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
De acuerdo con ello, se ha solicitado informe al Ayuntamiento de Trujillo, cuyo informe, emitido con fecha 23 de junio de 2025, indica que una vez analizada la modificación no sustancial
de autorización ambiental integrada de una planta de fabricación de diamantes y línea de
suministro en el término municipal de Trujillo (Cáceres), así como comprobado el informe
favorable por parte de la Confederación Hidrográfica del Tajo, considera que dicha modificación no tiene carácter sustancial, ajustándose a lo establecido por las Normas Subsidiarias
de Planeamiento. En cuanto a los parámetros ambientales no están afectados por la nueva
modificación.
Consta en el expediente, aportado por el titular, resolución del otorgamiento de autorización
para ejecución de obras en dominio público hidráulico del Área de Gestión del Dominio Público Hidráulico de la Confederación Hidrográfica del Tajo (Expediente: O-0022/2024) para
el vertido de aguas pluviales en zona de dominio público hidráulico procedentes de fábrica
de diamantes artificiales en el término municipal de Trujillo, titularidad de Diamond Foundry
Europe, SL.
Viernes 25 de julio de 2025
42431
— Sistemas auxiliares de proceso. Refrigeración: Se plantea con la modificación el aumento en las torres de refrigeración presentes en la industria, pasando de 33 (12 en edificio
1, 12 en edificio 2 y 9 en edificio 3) a 72 (27 en edificio 1, 27 en edificio 2 y 18 en edificio
3). Con esta modificación se pretende dotar de una mayor seguridad de funcionamiento
a la instalación, dotando de más autonomía a cada línea de producción y redundancia en
equipos para evitar paradas de producción, así como mejorar la eficiencia en el consumo
al ajustar el rango de funcionamiento de los equipos. La industria va a pasar de un número de equipos de mayor potencia a aumentar el número de equipos, pero rebajando
la potencia. La incorporación de estos equipos, no suponen un aumento del consumo
previsto en agua y electricidad.
— Sistemas auxiliares de proceso. Climatización y ventilación: Se incorporarán nuevos
equipos para garantizar en todo momento las condiciones de ventilación y temperatura
necesaria, asegurar las atmósferas desclasificadas y asegurar, mediante la redundancia
en estos equipos, un funcionamiento 24/7 de la fábrica. La incorporación de todos estos
equipos no supone un aumento sustancial en el consumo eléctrico.
— Redistribución de los focos de emisión para cumplir con distancias de seguridad desde
la salida de los venteos a otros equipos.
Quinto. Con fecha 21 de mayo de 2025, la Dirección General de Sostenibilidad inicia la fase
de solicitud de informes a las Administraciones Públicas afectadas por razón de la materia en
relación con los elementos esenciales que son objeto de la modificación solicitada y tenidos
en cuenta en la evaluación de impacto ambiental, por exigirlo así el artículo 86.2 de la Ley
16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
De acuerdo con ello, se ha solicitado informe al Ayuntamiento de Trujillo, cuyo informe, emitido con fecha 23 de junio de 2025, indica que una vez analizada la modificación no sustancial
de autorización ambiental integrada de una planta de fabricación de diamantes y línea de
suministro en el término municipal de Trujillo (Cáceres), así como comprobado el informe
favorable por parte de la Confederación Hidrográfica del Tajo, considera que dicha modificación no tiene carácter sustancial, ajustándose a lo establecido por las Normas Subsidiarias
de Planeamiento. En cuanto a los parámetros ambientales no están afectados por la nueva
modificación.
Consta en el expediente, aportado por el titular, resolución del otorgamiento de autorización
para ejecución de obras en dominio público hidráulico del Área de Gestión del Dominio Público Hidráulico de la Confederación Hidrográfica del Tajo (Expediente: O-0022/2024) para
el vertido de aguas pluviales en zona de dominio público hidráulico procedentes de fábrica
de diamantes artificiales en el término municipal de Trujillo, titularidad de Diamond Foundry
Europe, SL.