Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2025062839)
Resolución de 16 de julio de 2025, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto de "Limpieza de monte, arranque de retamas, cambio de uso de pastos a tierras arables y aumento de CAP", cuyo promotor es Fernando Lambea Valor, en el término municipal de Campillo de LLerena (Badajoz). Expte.: IA24/0416.
24 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 142
Jueves 24 de julio de 2025

42320

9/2018, de 5 de diciembre, por la que se modifica la Ley 21/2013, de 9 de diciembre,
de evaluación ambiental, concluyendo que los riesgos de accidentes y catástrofes considerados para el proyecto son mínimos o casi inexistentes.
En conclusión, se trata de una actividad que no tiene efectos adversos significativos sobre el medio ambiente, siempre y cuando se apliquen las medidas recogidas en el apartado 4 “Condiciones y medidas para prevenir, corregir y compensar los efectos sobre el
medio ambiente”. Igualmente, el proyecto no afecta a espacios de la Red Natura 2000.
Por todo ello se concluye del análisis técnico que no es preciso someter el proyecto a
evaluación de impacto ambiental ordinaria.
Las actuaciones de desbroce mecanizado, resalveo y poda de encinar, se podrán realizar en toda la superficie solicitada (66,36 ha), para su uso como pastos y aprovechamiento con el ganado. De la superficie solicitada para siembra de cereal y cultivos
agrícolas para el ganado, (31,55 ha, en la zona con pendiente inferior al 15%), se podrá
realizar únicamente en 9,90 ha, para preservar el hábitat 6310 presente en la zona de
actuación.
La actuación a realizar posibilita configurar un sistema agrosilvopastoral que permite
mantener el carácter forestal (o de la componente forestal) de este terreno. Por tanto,
se informa negativamente el cambio de uso a agrícola, si bien las actuaciones (desbroce, resalveo y poda de encinar y siembra de cereal en 9.90 ha) son viables e informadas
favorablemente. En este sentido, no corresponde al Órgano ambiental pronunciarse
sobre el uso SIGPAC que se le deba atribuir a los terrenos objeto del presente proyecto,
si bien deberá ser uno que posibilite el mantenimiento del carácter agrosilvopastoral, y
por tanto forestal.
4. C
 ondiciones y medidas para prevenir, corregir y compensar los efectos sobre el medio
ambiente.
4.1. Condiciones de carácter general.


1. C
 omo se concluye en el análisis técnico, se informa favorablemente la actividad solicitada de desbroce de matorral, resalveo y poda de encinar ya que no es susceptible
de afectar de forma apreciable a los lugares incluidos en la Red Natura 2000, ni a las
especies protegidas, y favorable parcialmente la actividad solicitada de establecer
cultivos agrícolas, permitiendo únicamente realizarla en una superficie de 9,90 ha,
para preservar el hábitat 6310 presente en la zona de actuación. Esta superficie se
corresponde con la de menor densidad de arbolado (encinas), tal como se refleja en
el plano siguiente: