Consejería De Economía, Empleo Y Transformación Digital. Seguridad De La Información. (2025062843)
Resolución de 15 de julio de 2025, del Consejero, por la que se ordena la publicación en el Diario Oficial de Extremadura del Acuerdo del Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura, de 1 de julio de 2025, por el que se establece una nueva Política de Privacidad y Seguridad de la Información de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 141
Miércoles 23 de julio de 2025
42167
Las personas titulares de las Secretarías Generales a las que se refiere el artículo 58
LGACAEx, ejercerán como Responsables de Privacidad y Seguridad de la Información
Sectoriales. Para los Organismos Autónomos vinculados o dependientes de la ACAEx
en el ámbito de aplicación de esta PPSI, las personas titulares de los centros directivos
asimilables a las Secretarías Generales del citado artículo 58, asumirán el papel de los
Responsables de Privacidad y Seguridad Sectorial. En su defecto, dicho papel será asumido por la Dirección Gerencia del Organismo.
8.2.6. Administrador de la Seguridad.
El Administrador de Seguridad tiene como competencias ejecutar las acciones de operación del sistema de información, implementando, gestionar y mantener las medidas
de seguridad aplicables al sistema y asegurar que éstas se cumplan estrictamente.
Asimismo, le corresponde reportar al Responsable de Privacidad y Seguridad de la
Información los incidentes relativos a la seguridad del sistema y de las acciones de
configuración, actualización o corrección, así como recopilar información sobre el desempeño del sistema de información en materia de seguridad.
Las personas titulares de la Unidad o Unidades Administrativas adscritas a la Consejería
con competencias en materia de Administración Electrónica y que desarrollen funciones
en seguridad de la información y seguridad operativa de los sistemas de información,
ejercerán como Administrador de Seguridad.
8.2.7. Responsables del Tratamiento.
Los Responsables del Tratamiento son quienes determinan los fines y medios del tratamiento de los datos personales en sus respectivos ámbitos de competencia, esto es, en
sus respectivas Consejerías u Organismos de adscripción, tal como indica el RGPD.
En el ámbito de la Presidencia y de las Consejerías de la Junta de Extremadura, las
personas titulares de las Secretarías Generales a las que se refiere el artículo 58 de la
LGACAEx ejercerán como Responsables de Tratamiento. Para los Organismos Autónomos vinculados o dependientes de la ACAEx en el ámbito de aplicación de esta PPSI,
las personas titulares de los centros directivos asimilables a las Secretarías Generales
del citado artículo 58, asumirán el papel de los Responsables del Tratamiento. En su
defecto, dicho papel será asumido por la Dirección Gerencia del Organismo. En ambos
casos, actuarán bajo la supervisión de las personas titulares de las correspondientes
Consejerías de adscripción.
En el ejercicio de las funciones de Responsable del Tratamiento, contará con el apoyo
de los Centros Directivos de la Consejería u Organismo Autónomo de adscripción.
Miércoles 23 de julio de 2025
42167
Las personas titulares de las Secretarías Generales a las que se refiere el artículo 58
LGACAEx, ejercerán como Responsables de Privacidad y Seguridad de la Información
Sectoriales. Para los Organismos Autónomos vinculados o dependientes de la ACAEx
en el ámbito de aplicación de esta PPSI, las personas titulares de los centros directivos
asimilables a las Secretarías Generales del citado artículo 58, asumirán el papel de los
Responsables de Privacidad y Seguridad Sectorial. En su defecto, dicho papel será asumido por la Dirección Gerencia del Organismo.
8.2.6. Administrador de la Seguridad.
El Administrador de Seguridad tiene como competencias ejecutar las acciones de operación del sistema de información, implementando, gestionar y mantener las medidas
de seguridad aplicables al sistema y asegurar que éstas se cumplan estrictamente.
Asimismo, le corresponde reportar al Responsable de Privacidad y Seguridad de la
Información los incidentes relativos a la seguridad del sistema y de las acciones de
configuración, actualización o corrección, así como recopilar información sobre el desempeño del sistema de información en materia de seguridad.
Las personas titulares de la Unidad o Unidades Administrativas adscritas a la Consejería
con competencias en materia de Administración Electrónica y que desarrollen funciones
en seguridad de la información y seguridad operativa de los sistemas de información,
ejercerán como Administrador de Seguridad.
8.2.7. Responsables del Tratamiento.
Los Responsables del Tratamiento son quienes determinan los fines y medios del tratamiento de los datos personales en sus respectivos ámbitos de competencia, esto es, en
sus respectivas Consejerías u Organismos de adscripción, tal como indica el RGPD.
En el ámbito de la Presidencia y de las Consejerías de la Junta de Extremadura, las
personas titulares de las Secretarías Generales a las que se refiere el artículo 58 de la
LGACAEx ejercerán como Responsables de Tratamiento. Para los Organismos Autónomos vinculados o dependientes de la ACAEx en el ámbito de aplicación de esta PPSI,
las personas titulares de los centros directivos asimilables a las Secretarías Generales
del citado artículo 58, asumirán el papel de los Responsables del Tratamiento. En su
defecto, dicho papel será asumido por la Dirección Gerencia del Organismo. En ambos
casos, actuarán bajo la supervisión de las personas titulares de las correspondientes
Consejerías de adscripción.
En el ejercicio de las funciones de Responsable del Tratamiento, contará con el apoyo
de los Centros Directivos de la Consejería u Organismo Autónomo de adscripción.