Consejería De Economía, Empleo Y Transformación Digital. Seguridad De La Información. (2025062843)
Resolución de 15 de julio de 2025, del Consejero, por la que se ordena la publicación en el Diario Oficial de Extremadura del Acuerdo del Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura, de 1 de julio de 2025, por el que se establece una nueva Política de Privacidad y Seguridad de la Información de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 141
Miércoles 23 de julio de 2025
42165
8. DISTRIBUCIÓN ORGÁNICA DE FUNCIONES EN EL ÁMBITO DE LA PRIVACIDAD Y SEGURIDAD DE LA INFORMACIÓN.
8.1. ÓRGANOS COMPETENTES.
8.1.1. Consejo de Gobierno.
Corresponde al Consejo de Gobierno aprobar la Política de Seguridad y sus actualizaciones y revisiones.
8.1.2. Comisión de Coordinación de Administración Electrónica.
Esta comisión propone al Consejo de Gobierno la aprobación de la PPSI, sus revisiones
y actualizaciones, a iniciativa del titular del órgano directivo con competencias en materia de administración electrónica.
8.1.3. Consejería competente en materia de Administración Electrónica.
La Consejería competente en materia de administración electrónica desarrollará reglamentariamente la PPSI del modo que se determina en la presente Política.
8.2. ORGANIZACIÓN OPERATIVA DE LA PRIVACIDAD Y SEGURIDAD DE LA INFORMACIÓN.
La organización operativa se basa en la distribución de competencias realizada en la LGACAEx y complementada en los correspondientes y vigentes Decretos de estructura orgánica básica de la Comunidad Autónoma. Para el caso de los Organismos Autónomos
vinculados o dependientes de la ACAEx y en el ámbito de aplicación de esta PPSI, las
responsabilidades se distribuirán a un nivel coherente al dispuesto para las Consejerías.
8.2.1. Responsables de la información.
Los Responsables de la Información tienen la potestad de establecer los requisitos de
seguridad sobre la información que manejan en coordinación con el Responsable de
Privacidad y Seguridad de la Información y del correspondiente Responsable de Privacidad y Seguridad Sectorial. Tienen la responsabilidad última del uso que se haga de la
información y, por tanto, de su protección.
Las personas titulares de los Centros Directivos a las que se refiere el artículo 59 de la
LGACAEx, ejercerán como Responsables de la Información. Para los Organismos Autónomos vinculados o dependientes de la ACAEx, en el ámbito de aplicación de esta PPSI,
las personas titulares de los Centros Directivos dependientes de la correspondiente
Dirección Gerencia, asumirán el papel de los Responsables de Información.
Miércoles 23 de julio de 2025
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8. DISTRIBUCIÓN ORGÁNICA DE FUNCIONES EN EL ÁMBITO DE LA PRIVACIDAD Y SEGURIDAD DE LA INFORMACIÓN.
8.1. ÓRGANOS COMPETENTES.
8.1.1. Consejo de Gobierno.
Corresponde al Consejo de Gobierno aprobar la Política de Seguridad y sus actualizaciones y revisiones.
8.1.2. Comisión de Coordinación de Administración Electrónica.
Esta comisión propone al Consejo de Gobierno la aprobación de la PPSI, sus revisiones
y actualizaciones, a iniciativa del titular del órgano directivo con competencias en materia de administración electrónica.
8.1.3. Consejería competente en materia de Administración Electrónica.
La Consejería competente en materia de administración electrónica desarrollará reglamentariamente la PPSI del modo que se determina en la presente Política.
8.2. ORGANIZACIÓN OPERATIVA DE LA PRIVACIDAD Y SEGURIDAD DE LA INFORMACIÓN.
La organización operativa se basa en la distribución de competencias realizada en la LGACAEx y complementada en los correspondientes y vigentes Decretos de estructura orgánica básica de la Comunidad Autónoma. Para el caso de los Organismos Autónomos
vinculados o dependientes de la ACAEx y en el ámbito de aplicación de esta PPSI, las
responsabilidades se distribuirán a un nivel coherente al dispuesto para las Consejerías.
8.2.1. Responsables de la información.
Los Responsables de la Información tienen la potestad de establecer los requisitos de
seguridad sobre la información que manejan en coordinación con el Responsable de
Privacidad y Seguridad de la Información y del correspondiente Responsable de Privacidad y Seguridad Sectorial. Tienen la responsabilidad última del uso que se haga de la
información y, por tanto, de su protección.
Las personas titulares de los Centros Directivos a las que se refiere el artículo 59 de la
LGACAEx, ejercerán como Responsables de la Información. Para los Organismos Autónomos vinculados o dependientes de la ACAEx, en el ámbito de aplicación de esta PPSI,
las personas titulares de los Centros Directivos dependientes de la correspondiente
Dirección Gerencia, asumirán el papel de los Responsables de Información.