Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2025062820)
Resolución de 15 de julio de 2025, de la Secretaría General, por la que se da publicidad a la Adenda al Convenio de Colaboración entre la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional de la Junta de Extremadura y la Fundación Vodafone España para el proyecto "Digicraft en tu cole".
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NÚMERO 140
41745
Martes 22 de julio de 2025
En consecuencia, a la cláusula 3.1.4. se le incorporará un apartado quinto adicional que tendrá el siguiente tenor literal:
“3.1.4. En relación con las actividades adicionales relacionadas con el Proyecto DigiCraft
[…]
5) E
n caso de que los centros escolares participantes requieran desplazarse para asistir
a formaciones u otras actividades educativas directamente vinculadas con el Proyecto
DigiCraft, la FUNDACIÓN VODAFONE se compromete a cubrir los gastos de transporte
que pudieran generarse, hasta un límite máximo de tres mil euros (3.000,00 €)”.
Cuarto. Entrada en vigor.
La presente adenda entrará en vigor el día de su firma por ambas partes y se mantendrá en
vigor hasta el 31 de julio de 2027. No obstante, y de acuerdo con la cláusula quinta del Convenio, las Partes firmantes podrán prorrogar su vigencia mediante acuerdo expreso y escrito,
no pudiendo ser superior dicha prórroga a cuatro años. No se entenderá que el mismo ha sido
prorrogado o reconducido sin el previo, expreso y escrito consentimiento de todas las Partes.
Quinto. Ratificación del convenio.
Se mantienen en vigor todas las demás cláusulas del convenio original que no resulten modificadas por la presente adenda.
Y en prueba de conformidad, ambas partes firman la presente adenda, por duplicado ejemplar
y a un solo efecto, en el lugar y fecha indicados.
Por la Consejería de Educación, Ciencia y
Formación Profesional,
El Secretario General,
Por la Fundación Vodafone España,
La Presidenta del Patronato,
REMEDIOS ORRANTIA PÉREZ
FRANCISCO EUGENIO POZO PITEL
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Martes 22 de julio de 2025
En consecuencia, a la cláusula 3.1.4. se le incorporará un apartado quinto adicional que tendrá el siguiente tenor literal:
“3.1.4. En relación con las actividades adicionales relacionadas con el Proyecto DigiCraft
[…]
5) E
n caso de que los centros escolares participantes requieran desplazarse para asistir
a formaciones u otras actividades educativas directamente vinculadas con el Proyecto
DigiCraft, la FUNDACIÓN VODAFONE se compromete a cubrir los gastos de transporte
que pudieran generarse, hasta un límite máximo de tres mil euros (3.000,00 €)”.
Cuarto. Entrada en vigor.
La presente adenda entrará en vigor el día de su firma por ambas partes y se mantendrá en
vigor hasta el 31 de julio de 2027. No obstante, y de acuerdo con la cláusula quinta del Convenio, las Partes firmantes podrán prorrogar su vigencia mediante acuerdo expreso y escrito,
no pudiendo ser superior dicha prórroga a cuatro años. No se entenderá que el mismo ha sido
prorrogado o reconducido sin el previo, expreso y escrito consentimiento de todas las Partes.
Quinto. Ratificación del convenio.
Se mantienen en vigor todas las demás cláusulas del convenio original que no resulten modificadas por la presente adenda.
Y en prueba de conformidad, ambas partes firman la presente adenda, por duplicado ejemplar
y a un solo efecto, en el lugar y fecha indicados.
Por la Consejería de Educación, Ciencia y
Formación Profesional,
El Secretario General,
Por la Fundación Vodafone España,
La Presidenta del Patronato,
REMEDIOS ORRANTIA PÉREZ
FRANCISCO EUGENIO POZO PITEL
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