Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Formación Profesional. Admisión De Alumnos. (2025062802)
Resolución de 14 de julio de 2025, de la Dirección General de Formación Profesional, Innovación e Inclusión Educativa, por la que se convoca el procedimiento de admisión y matriculación a los cursos de especialización en modalidad virtual, en centros sostenidos con fondos públicos del ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura, para el curso 2025/2026.
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NÚMERO 139
41665
Lunes 21 de julio de 2025
Vigésimo sexto. Oferta modular ordinaria.
ANEXO I
CURSOS
DE
ESPECIALIZACIÓN
EN MODALIDAD VIRTUAL
1. U
na vez finalizado el periodo de admisión y matriculación de solicitantes que no cumplen
CALENDARIO DE ADMISIÓN Y MATRICULACIÓN
con los requisitos de acceso, establecido en el apartado vigésimo primero de la presente
CURSO 2025/2026
resolución, se habilita la matriculación parcial en los módulos que componen el correspondiente certificado profesional para los solicitantes que se encuentren las condiciones del
resuelvo sexto o
del resuelvo vigésimo primero.
ACTUACIÓN
FECHA O PLAZO
de presentación
de solicitudes
de Real
admisión
Del 1 alde
1218
de de
septiembre
2025
2. E
nPlazo
aplicación
del artículo
22.b del
Decreto 659/2023,
julio, ladematriculación
estará
abierta,
a la existencia
Publicación
de las supeditada
listas provisionales
de admitidosde
y vacante en el módulo solicitado, hasta la fecha
excluidosde actuaciones.
marcada en el calendario
16 de septiembre de 2025
Plazo de reclamación a las listas provisionales de admitidos y
Del 16 al 19 de septiembre de 2025
3. L
as solicitudes de admisión
excluidos y matriculación se realizarán conforme al modelo del anexo XI,
y se ordenarán en función de la fecha y hora de entrada en las dependencias administrati-
Publicación de las listas definitivas de admitidos y excluidos
22 de septiembre de 2025
Publicación del resultado de la adjudicación definitiva
22 de septiembre de 2025
vas de los centros educativos donde se impartan estas enseñanzas.
Vigésimo séptimo. Eficacia y recursos.
Plazo de matriculación
Del 22 al 26 de septiembre de 2025
del listado
de alumnado
enel
listas
espera al de su publicación
22 de septiembre
de Diario
2025 Oficial de
1. Publicación
E
sta resolución
surtirá
efectos
díadesiguiente
en el
Extremadura.
Plazo de matriculación por lista de espera
Del 29 de septiembre al 3 de octubre de
2025
2. C
ontra la presente resolución, que agota la vía administrativa, los interesados podrán in-
Plazo de admisión y matriculación de solicitantes que no
Del 6ante
al 14 la
de titular
octubre de
de 2025
terponer,
con con
carácter
potestativo,
recurso de reposición
la Consejería
cumplen
los requisitos
de acceso.
competente en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su publicación en
Periodo de cotejo
Hasta el 28 de noviembre de 2025
el Diario Oficial de Extremadura, según disponen los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015,
Inicio del periodo lectivo
de 1 de octubre.
Límite de matriculación por oferta modular ordinaria
15 de octubre de 2025
14 de noviembre de 2025
3. P
odrán también interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, en el plazo de dos meses a contar desde el día
siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura, conforme lo previsto en
el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa (BOE núm. 167, de 14 de julio de 1998). Todo ello, sin perjuicio de que
puedan interponer cualquier otro recurso que estimen procedente.
Mérida, 14 de julio de 2025.
El Director General de Formación
Profesional, Innovación e Inclusión
Educativa,
PEDRO ANTONIO PÉREZ DURÁN
41665
Lunes 21 de julio de 2025
Vigésimo sexto. Oferta modular ordinaria.
ANEXO I
CURSOS
DE
ESPECIALIZACIÓN
EN MODALIDAD VIRTUAL
1. U
na vez finalizado el periodo de admisión y matriculación de solicitantes que no cumplen
CALENDARIO DE ADMISIÓN Y MATRICULACIÓN
con los requisitos de acceso, establecido en el apartado vigésimo primero de la presente
CURSO 2025/2026
resolución, se habilita la matriculación parcial en los módulos que componen el correspondiente certificado profesional para los solicitantes que se encuentren las condiciones del
resuelvo sexto o
del resuelvo vigésimo primero.
ACTUACIÓN
FECHA O PLAZO
de presentación
de solicitudes
de Real
admisión
Del 1 alde
1218
de de
septiembre
2025
2. E
nPlazo
aplicación
del artículo
22.b del
Decreto 659/2023,
julio, ladematriculación
estará
abierta,
a la existencia
Publicación
de las supeditada
listas provisionales
de admitidosde
y vacante en el módulo solicitado, hasta la fecha
excluidosde actuaciones.
marcada en el calendario
16 de septiembre de 2025
Plazo de reclamación a las listas provisionales de admitidos y
Del 16 al 19 de septiembre de 2025
3. L
as solicitudes de admisión
excluidos y matriculación se realizarán conforme al modelo del anexo XI,
y se ordenarán en función de la fecha y hora de entrada en las dependencias administrati-
Publicación de las listas definitivas de admitidos y excluidos
22 de septiembre de 2025
Publicación del resultado de la adjudicación definitiva
22 de septiembre de 2025
vas de los centros educativos donde se impartan estas enseñanzas.
Vigésimo séptimo. Eficacia y recursos.
Plazo de matriculación
Del 22 al 26 de septiembre de 2025
del listado
de alumnado
enel
listas
espera al de su publicación
22 de septiembre
de Diario
2025 Oficial de
1. Publicación
E
sta resolución
surtirá
efectos
díadesiguiente
en el
Extremadura.
Plazo de matriculación por lista de espera
Del 29 de septiembre al 3 de octubre de
2025
2. C
ontra la presente resolución, que agota la vía administrativa, los interesados podrán in-
Plazo de admisión y matriculación de solicitantes que no
Del 6ante
al 14 la
de titular
octubre de
de 2025
terponer,
con con
carácter
potestativo,
recurso de reposición
la Consejería
cumplen
los requisitos
de acceso.
competente en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su publicación en
Periodo de cotejo
Hasta el 28 de noviembre de 2025
el Diario Oficial de Extremadura, según disponen los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015,
Inicio del periodo lectivo
de 1 de octubre.
Límite de matriculación por oferta modular ordinaria
15 de octubre de 2025
14 de noviembre de 2025
3. P
odrán también interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, en el plazo de dos meses a contar desde el día
siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura, conforme lo previsto en
el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa (BOE núm. 167, de 14 de julio de 1998). Todo ello, sin perjuicio de que
puedan interponer cualquier otro recurso que estimen procedente.
Mérida, 14 de julio de 2025.
El Director General de Formación
Profesional, Innovación e Inclusión
Educativa,
PEDRO ANTONIO PÉREZ DURÁN