Consejería De Economía, Empleo Y Transformación Digital. Comercio. Ayudas. (2025081187)
Anuncio de 9 de julio de 2025 por el que se da publicidad a las subvenciones concedidas en el año 2025 para la creación, desarrollo y promoción comercial de las franquicias extremeñas, a tenor de lo dispuesto en el Decreto 161/2018, de 2 de octubre y la Resolución de 26 de noviembre de 2024.
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NÚMERO 139
Lunes 21 de julio de 2025
41690
CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, EMPLEO Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL
ANUNCIO de 9 de julio de 2025 por el que se da publicidad a las subvenciones
concedidas en el año 2025 para la creación, desarrollo y promoción comercial
de las franquicias extremeñas, a tenor de lo dispuesto en el Decreto 161/2018,
de 2 de octubre y la Resolución de 26 de noviembre de 2024. (2025081187)
El Decreto 161/2018, de 2 de octubre (DOE número 199, de 11 de octubre) establece las
bases reguladoras de las ayudas, para la creación, desarrollo y promoción comercial de las
franquicias extremeñas.
La Resolución de 26 de noviembre de 2024, recoge la convocatoria de las mencionadas ayudas (DOE núm. 11, de 17 de enero de 2025).
El artículo 16 del citado decreto, así como el resuelvo decimosexto de la convocatoria, establecen que los órganos concedentes publicarán en el Diario Oficial de Extremadura y en el Portal de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, las subvenciones otorgadas
con expresión de la convocatoria, programa y crédito presupuestario al que se imputen, beneficiario, cantidad concedida, finalidad o finalidades de la subvención, y de existir financiación
con cargo a Fondos de la Unión Europea, las menciones de identificación y publicidad que se
deriven de la normativa comunitaria que les sea de aplicación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17.1 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad
Autónoma de Extremadura. Igualmente y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17.2,
letra c), de la referida ley, no será necesaria la publicación en el Diario Oficial de Extremadura
cuando los importes de las subvenciones concedidas, individualmente consideradas, sean de
cuantía inferior a 3.000 euros.
En virtud de lo dispuesto en los citados artículos, se procede a dar publicidad a las subvenciones concedidas, recogidas en el anexo que se acompaña, para la creación, desarrollo y
promoción comercial de las franquicias extremeñas, anualidad 2025, en los términos que a
continuación se relacionan:
Las subvenciones concedidas a franquicias extremeñas por importe total de 64.563,21 euros
se imputan con cargo a la aplicación presupuestaria 14.003.341A.77000 y proyecto de gasto
20170246 denominado “Plan Franquicias”, financiado con fondos de la Comunidad Autónoma.
Mérida, 9 de julio de 2025. El Secretario General, PD, Resolución de 10 de agosto de 2023
(DOE n.º 157, de 16 de agosto), El Secretario General de Economía, Empresa y Comercio,
VÍCTOR PÍRIZ MAYA.
Lunes 21 de julio de 2025
41690
CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, EMPLEO Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL
ANUNCIO de 9 de julio de 2025 por el que se da publicidad a las subvenciones
concedidas en el año 2025 para la creación, desarrollo y promoción comercial
de las franquicias extremeñas, a tenor de lo dispuesto en el Decreto 161/2018,
de 2 de octubre y la Resolución de 26 de noviembre de 2024. (2025081187)
El Decreto 161/2018, de 2 de octubre (DOE número 199, de 11 de octubre) establece las
bases reguladoras de las ayudas, para la creación, desarrollo y promoción comercial de las
franquicias extremeñas.
La Resolución de 26 de noviembre de 2024, recoge la convocatoria de las mencionadas ayudas (DOE núm. 11, de 17 de enero de 2025).
El artículo 16 del citado decreto, así como el resuelvo decimosexto de la convocatoria, establecen que los órganos concedentes publicarán en el Diario Oficial de Extremadura y en el Portal de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, las subvenciones otorgadas
con expresión de la convocatoria, programa y crédito presupuestario al que se imputen, beneficiario, cantidad concedida, finalidad o finalidades de la subvención, y de existir financiación
con cargo a Fondos de la Unión Europea, las menciones de identificación y publicidad que se
deriven de la normativa comunitaria que les sea de aplicación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17.1 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad
Autónoma de Extremadura. Igualmente y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17.2,
letra c), de la referida ley, no será necesaria la publicación en el Diario Oficial de Extremadura
cuando los importes de las subvenciones concedidas, individualmente consideradas, sean de
cuantía inferior a 3.000 euros.
En virtud de lo dispuesto en los citados artículos, se procede a dar publicidad a las subvenciones concedidas, recogidas en el anexo que se acompaña, para la creación, desarrollo y
promoción comercial de las franquicias extremeñas, anualidad 2025, en los términos que a
continuación se relacionan:
Las subvenciones concedidas a franquicias extremeñas por importe total de 64.563,21 euros
se imputan con cargo a la aplicación presupuestaria 14.003.341A.77000 y proyecto de gasto
20170246 denominado “Plan Franquicias”, financiado con fondos de la Comunidad Autónoma.
Mérida, 9 de julio de 2025. El Secretario General, PD, Resolución de 10 de agosto de 2023
(DOE n.º 157, de 16 de agosto), El Secretario General de Economía, Empresa y Comercio,
VÍCTOR PÍRIZ MAYA.