Consejería De Economía, Empleo Y Transformación Digital. Artesanía. Ayudas. (2025081188)
Anuncio de 11 de julio de 2025 por el que se da publicidad a las subvenciones concedidas en el año 2025 para las ayudas destinadas a la mejora de la competitividad del sector artesano de Extremadura, a tenor de lo dispuesto en el Decreto 164/2022, de 30 de diciembre y la Resolución de 25 de noviembre de 2024, de la Secretaría General de Economía, Empresa y Comercio.
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NÚMERO 139
Lunes 21 de julio de 2025
41694
ANUNCIO de 11 de julio de 2025 por el que se da publicidad a las
subvenciones concedidas en el año 2025 para las ayudas destinadas a la
mejora de la competitividad del sector artesano de Extremadura, a tenor de
lo dispuesto en el Decreto 164/2022, de 30 de diciembre y la Resolución de
25 de noviembre de 2024, de la Secretaría General de Economía, Empresa y
Comercio. (2025081188)
En el artículo 16, del citado decreto, se establece que la convocatoria, y las subvenciones
concedidas serán publicadas en el Diario Oficial de Extremadura http://doe.juntaex.es y en el
Portal de Subvenciones de la Comunidad Autónoma en la forma establecida en los artículos
17.1 y 20 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma. De
conformidad con lo dispuesto en el artículo 17.2, letra c), de la referida Ley 6/2011, no será
necesaria la publicación en el Diario Oficial de Extremadura cuando los importes de las subvenciones concedidas, individualmente consideradas, sean de cuantía inferior a 3.000 euros.
En virtud de lo dispuesto en los citados artículos, se procede a dar publicidad a las subvenciones concedidas, recogidas en el anexo que se acompaña, destinadas a las ayudas para
la mejora de la competitividad del sector artesano de Extremadura, anualidad 2025, en los
términos que a continuación se relacionan:
Las subvenciones concedidas por importe total de 600.343,72 €, se imputan a la aplicación
presupuestaria 14.003.341A.770.00, “Ayudas a pymes artesanas más inteligentes y competitivas” con proyecto de gasto 20230032, cofinanciado con fondos de la FEDER.
Mérida, 11 de julio de 2025. El Secretario General, PD, Resolución de 10 de agosto de 2023
(DOE n.º 157, de 16 de agosto), El Secretario General de Economía, Empresa y Comercio,
VÍCTOR PÍRIZ MAYA.
Lunes 21 de julio de 2025
41694
ANUNCIO de 11 de julio de 2025 por el que se da publicidad a las
subvenciones concedidas en el año 2025 para las ayudas destinadas a la
mejora de la competitividad del sector artesano de Extremadura, a tenor de
lo dispuesto en el Decreto 164/2022, de 30 de diciembre y la Resolución de
25 de noviembre de 2024, de la Secretaría General de Economía, Empresa y
Comercio. (2025081188)
En el artículo 16, del citado decreto, se establece que la convocatoria, y las subvenciones
concedidas serán publicadas en el Diario Oficial de Extremadura http://doe.juntaex.es y en el
Portal de Subvenciones de la Comunidad Autónoma en la forma establecida en los artículos
17.1 y 20 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma. De
conformidad con lo dispuesto en el artículo 17.2, letra c), de la referida Ley 6/2011, no será
necesaria la publicación en el Diario Oficial de Extremadura cuando los importes de las subvenciones concedidas, individualmente consideradas, sean de cuantía inferior a 3.000 euros.
En virtud de lo dispuesto en los citados artículos, se procede a dar publicidad a las subvenciones concedidas, recogidas en el anexo que se acompaña, destinadas a las ayudas para
la mejora de la competitividad del sector artesano de Extremadura, anualidad 2025, en los
términos que a continuación se relacionan:
Las subvenciones concedidas por importe total de 600.343,72 €, se imputan a la aplicación
presupuestaria 14.003.341A.770.00, “Ayudas a pymes artesanas más inteligentes y competitivas” con proyecto de gasto 20230032, cofinanciado con fondos de la FEDER.
Mérida, 11 de julio de 2025. El Secretario General, PD, Resolución de 10 de agosto de 2023
(DOE n.º 157, de 16 de agosto), El Secretario General de Economía, Empresa y Comercio,
VÍCTOR PÍRIZ MAYA.