Consejería De Salud Y Servicios Sociales. Premios. (2025062783)
Resolución de 2 de julio de 2025, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria de la III Edición de los Premios a los mejores trabajos de investigación sobre familias, infancia y adolescencia de Extremadura para el ejercicio 2025.
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NÚMERO 138
Viernes 18 de julio de 2025

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obtenidas por cada trabajo presentado. Recibido, la persona titular de la jefatura de servicio citada efectuará la correspondencia entre el nombre de la persona autora y la obra
presentada, y la puntuación obtenida por cada trabajo, procediendo a formular propuesta
de resolución a la Secretaria General de la Consejería competente en materia de infancia,
adolescencia y familias, que dictará resolución expresa y motivada. La propuesta del órgano instructor no podrá separarse del informe elaborado por el Jurado.
2. D
 e acuerdo con el artículo 40.1 de la Ley 4/2022, de 27 de julio, de racionalización y
simplificación administrativa de Extremadura, el plazo máximo para resolver y publicar la
resolución de concesión de los premios será de 3 meses desde el día siguiente a la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial de Extremadura. La falta de resolución
expresa dentro del plazo máximo para resolver, legitima a los interesados para entender
desestimada su solicitud por silencio administrativo, conforme a lo dispuesto en el apartado 5 del artículo 22 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad
Autónoma de Extremadura.
Contra dicha resolución, o la desestimación presunta, que no pondrá fin a la vía administrativa, los interesados podrán interponer recurso de alzada ante la persona titular de la
Consejería con competencias en materia de infancia, adolescencia y familias en el plazo de
un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación en el DOE sin perjuicio que la
persona interesada pueda ejercitar cualquier otro que estime conveniente.
3. L
 a resolución de concesión será comunicada individualmente por correo electrónico a todas las personas autoras y será publicada en el Diario Oficial de Extremadura haciéndose
constar los nombres de las personas premiadas, la denominación y el objeto del trabajo
premiado, así como las obligaciones de las mismas y hará constar de manera expresa los
trabajos no premiados. Asimismo, se difundirá en la página web del Observatorio Fiex.
En todo caso, será publicada la concesión de los premios en el Portal de Subvenciones de la
Comunidad Autónoma, de acuerdo con lo establecido en el artículo 17 de la Ley 6/2011, de
23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, así como en el
Portal electrónico de Transparencia de la Junta de Extremadura, de conformidad con lo establecido en el artículo 11 de la Ley 4/2013, de 21 de mayo, de Gobierno Abierto de Extremadura, y en la Base de Datos Nacional de Subvenciones, de conformidad con lo dispuesto
en el artículo 20.8.b de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Decimocuarto. Pago de los premios concedidos.
1. E
 l abono del premio dinerario será efectuado de una sola vez mediante transferencia a
favor de la persona titular del trabajo premiado en primer lugar, una vez publicada la resolución de concesión en el Diario Oficial de Extremadura.