Consejería De Infraestructuras, Transporte Y Vivienda. Normas Subsidiarias. (2025AC0057)
Acuerdo de 28 de septiembre de 2023, de la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura, de aprobación definitiva de la modificación puntual n.º 7 de las Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal de Berlanga, consistente en recalificar algunas parcelas de suelo urbano que son actualmente de uso residencial y modificarlas a uso equipamiento y viceversa, parcelas que actualmente son de uso equipamiento recalificarlas a uso residencial.
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NÚMERO 138
Viernes 18 de julio de 2025

41278

CONSEJERÍA DE INFRAESTRUCTURAS, TRANSPORTE Y VIVIENDA
ACUERDO de 28 de septiembre de 2023, de la Comisión de Urbanismo y
Ordenación del Territorio de Extremadura, de aprobación definitiva de la
modificación puntual n.º 7 de las Normas Subsidiarias de Planeamiento
Municipal de Berlanga, consistente en recalificar algunas parcelas de
suelo urbano que son actualmente de uso residencial y modificarlas a uso
equipamiento y viceversa, parcelas que actualmente son de uso equipamiento
recalificarlas a uso residencial. (2025AC0057)
La Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura (CUOTEX), en sesión
celebrada el 28/09/2023, adoptó el siguiente acuerdo:
I. ANTECEDENTES.
El asunto de referencia se aprobó inicialmente en sesión del Pleno municipal de 10/10/2022
y, una vez sometido a información pública mediante publicación en el Diario Oficial de
Extremadura de 23/11/2022 y en sede electrónica, sin haberse presentado alegaciones
según certificado de su Secretaría municipal, se aprobó provisionalmente el 29/04/2023.
El expediente contiene los informes favorables, condicionados y de no afectación a sus
intereses de los órganos sectoriales afectados.
Consta comunicado de la Dirección General de Sostenibilidad de 10/06/2022 en el que se
informa que la modificación planteada no está sometida al procedimiento de evaluación
ambiental estratégica.
II. COMPETENCIA.
Al no disponer Berlanga de un plan general municipal adaptado a las determinaciones de
la Ley 11/2018, de 21 de diciembre, de ordenación territorial y urbanística sostenible de
Extremadura (LOTUS), es de aplicación el apartado 3.f de su disposición transitoria segunda que, en la redacción dada por la Ley 3/2022, de 17 de marzo, de medidas ante el
reto demográfico y territorial de Extremadura, establece que le corresponde la aprobación
definitiva de las determinaciones de la ordenación estructural del planeamiento general a
la Comunidad Autónoma y las de carácter detallado al municipio. A estos efectos se entenderá por determinaciones de ordenación estructural y detallada las relacionadas en el
artículo 45 de la LOTUS. Cuando no sea posible deslindar las determinaciones de una y otra
naturaleza, la competencia corresponderá a la Comunidad Autónoma.