Consejería De Economía, Empleo Y Transformación Digital. Premios. (2025062735)
Resolución de 2 de julio de 2025, de la Secretaría General, de concesión de los Premios Extremadura Empresarial acogidos a la convocatoria 2025 del Decreto 160/2024, de 17 de diciembre, por el que se establecen las bases reguladoras y se aprueba la primera convocatoria.
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NÚMERO 136
Miércoles 16 de julio de 2025
40685
RESOLUCIÓN de 2 de julio de 2025, de la Secretaría General, de concesión
de los Premios Extremadura Empresarial acogidos a la convocatoria 2025 del
Decreto 160/2024, de 17 de diciembre, por el que se establecen las bases
reguladoras y se aprueba la primera convocatoria. (2025062735)
ANTECEDENTES DE HECHO
Mediante el Decreto 160/2024, de 17 de diciembre (DOE núm. 16, de 24 de enero de 2025),
se establecen las bases reguladoras para la concesión de los Premios Extremadura Empresarial, y se aprueba la primera convocatoria para la anualidad 2025.
En el decreto de la convocatoria se estableció un plazo de presentación de solicitudes de un
mes a partir del día siguiente a su publicación en DOE, finalizando por tanto dicho plazo el 25
de febrero de 2025, habiéndose recibido un total de 99 candidaturas.
Una vez analizada la documentación presentada en las candidaturas, por parte del órgano
instructor se emitió informe el cual fue elevado a la Comisión de Valoración, de conformidad
con lo establecido en el artículo 14 del decreto de bases reguladoras.
En dicho informe se contempla el análisis de la documentación presentada en las 99 candidaturas recibidas en la presente convocatoria, de las cuales 25 no han sido objeto de valoración
por no cumplir lo establecido en el Decreto 160/2024, de 17 de diciembre.
Así mismo, se ha comprobado que los titulares de las diferentes candidaturas se encuentran al
corriente de sus obligaciones con la Agencia Tributaria, Hacienda Regional y Seguridad Social.
Por parte de la Comisión de Valoración se ha procedido a valorar, en sesión celebrada el 18
de junio de 2025, las 74 candidaturas que han presentado de manera correcta sus solicitudes y que han acreditado que cumplen los requisitos establecidos en las bases reguladoras,
habiéndose emitido acta e informe vinculante acerca de la valoración realizada a través de la
aplicación de los criterios establecidos en los artículos 6 y 7 del Decreto de bases reguladoras.
A los anteriores antecedentes de hecho les son de aplicación los siguientes,
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero. El artículo 13.2 del Decreto 160/2024, de 17 de diciembre de 2024, señala que el
órgano competente para dictar la resolución del procedimiento de concesión será la persona
titular de la Secretaría General de la Consejería con competencias en materia de empresa,
que la dictará previa tramitación y aprobación del oportuno expediente de gasto, a propuesta
del órgano instructor. No obstante, dicha competencia se encuentra delegada en la Directora
Miércoles 16 de julio de 2025
40685
RESOLUCIÓN de 2 de julio de 2025, de la Secretaría General, de concesión
de los Premios Extremadura Empresarial acogidos a la convocatoria 2025 del
Decreto 160/2024, de 17 de diciembre, por el que se establecen las bases
reguladoras y se aprueba la primera convocatoria. (2025062735)
ANTECEDENTES DE HECHO
Mediante el Decreto 160/2024, de 17 de diciembre (DOE núm. 16, de 24 de enero de 2025),
se establecen las bases reguladoras para la concesión de los Premios Extremadura Empresarial, y se aprueba la primera convocatoria para la anualidad 2025.
En el decreto de la convocatoria se estableció un plazo de presentación de solicitudes de un
mes a partir del día siguiente a su publicación en DOE, finalizando por tanto dicho plazo el 25
de febrero de 2025, habiéndose recibido un total de 99 candidaturas.
Una vez analizada la documentación presentada en las candidaturas, por parte del órgano
instructor se emitió informe el cual fue elevado a la Comisión de Valoración, de conformidad
con lo establecido en el artículo 14 del decreto de bases reguladoras.
En dicho informe se contempla el análisis de la documentación presentada en las 99 candidaturas recibidas en la presente convocatoria, de las cuales 25 no han sido objeto de valoración
por no cumplir lo establecido en el Decreto 160/2024, de 17 de diciembre.
Así mismo, se ha comprobado que los titulares de las diferentes candidaturas se encuentran al
corriente de sus obligaciones con la Agencia Tributaria, Hacienda Regional y Seguridad Social.
Por parte de la Comisión de Valoración se ha procedido a valorar, en sesión celebrada el 18
de junio de 2025, las 74 candidaturas que han presentado de manera correcta sus solicitudes y que han acreditado que cumplen los requisitos establecidos en las bases reguladoras,
habiéndose emitido acta e informe vinculante acerca de la valoración realizada a través de la
aplicación de los criterios establecidos en los artículos 6 y 7 del Decreto de bases reguladoras.
A los anteriores antecedentes de hecho les son de aplicación los siguientes,
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero. El artículo 13.2 del Decreto 160/2024, de 17 de diciembre de 2024, señala que el
órgano competente para dictar la resolución del procedimiento de concesión será la persona
titular de la Secretaría General de la Consejería con competencias en materia de empresa,
que la dictará previa tramitación y aprobación del oportuno expediente de gasto, a propuesta
del órgano instructor. No obstante, dicha competencia se encuentra delegada en la Directora