Servicio Extremeño Público De Empleo. Formación Para El Empleo. Subvenciones. (2025062738)
Resolución de 27 de junio de 2025, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria de 2025 de subvenciones destinadas a financiar la realización de acciones formativas incluidas en el Programa de oferta preferente de formación profesional para el empleo del Servicio Extremeño Público de Empleo, dirigidas a personas trabajadoras desempleadas, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 134
Lunes 14 de julio de 2025



— Del 35,01 % hasta el 40 % del alumnado formado ....... 7 puntos.



— Del 40,01 % hasta el 45 % del alumnado formado ....... 8 puntos.



— Del 45,01 % hasta el 50 % del alumnado formado ....... 9 puntos.



— Del 50,01 % hasta el 55 % del alumnado formado ....... 10 puntos.



— Del 55,01 %: hasta el 60 % del alumnado formado ...... 11 puntos.



— Del 60,01 %: hasta el 65 % del alumnado formado ...... 12 puntos.



— Del 65,01 %: hasta el 70 % del alumnado formado ...... 13 puntos.



— Del 70,01 %: hasta el 75 % del alumnado formado ...... 14 puntos.



— Más del 75,01 %: del alumnado formado .................... 15 puntos.

40081

A efectos de lo anterior, por inserción neta se entiende la inserción en ocupaciones
relacionadas con la especialidad formativa que haya impartido el centro o entidad de
formación o la inserción producida mediante autoempleo.
II. CRITERIOS DE MINORACIÓN.
Se aplicarán los siguientes criterios:


a) Incumplimiento de compromisos de contratación o prácticas en las tres últimas convocatorias con datos consolidados: menos 15 puntos.



b) No presentación de la certificación prevista en el apartado 5.g) del resuelvo noveno:
menos 15 puntos.



c) La renuncia a la impartición de las acciones formativas aprobadas, fuera del plazo de
10 días hábiles a contar desde el día siguiente al de la notificación de la resolución
de concesión, en la última convocatoria con datos consolidados (Convocatoria 2022):
menos 3 puntos.
A efectos de la aplicación de estos criterios, una entidad no podrá ser penalizada dos
veces por el mismo incumplimiento.

III. CRITERIOS DE DESEMPATE.
En caso de igualdad de puntuación entre varias acciones formativas de distintos solicitantes se aplicarán los siguientes criterios de desempate, relacionados por orden de
prelación: