Servicio Extremeño Público De Empleo. Formación Para El Empleo. Subvenciones. (2025062758)
Extracto de la Resolución de 27 de junio de 2025, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria de 2025 de subvenciones destinadas a financiar la realización de acciones formativas conducentes a certificados profesionales incluidas en el Programa de oferta preferente de formación profesional para el empleo del SEXPE dirigidas a personas trabajadoras desempleadas.
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NÚMERO 134
Lunes 14 de julio de 2025
40119
no concurran entidades acreditadas y/o inscritas para impartir las especialidades formativas ofertadas.
Tercero. Bases reguladoras.
Las bases reguladoras de la presente convocatoria son las contenidas en sección 1ª, Disposiciones Generales, y la sección 2ª, Disposiciones aplicables al procedimiento de concesión
de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, del capítulo IV, Subvenciones destinadas a financiar la oferta formativa dirigida a personas desempleadas, de la Orden de 27
de marzo de 2023, por la que se regula la programación, gestión y control de la oferta de
formación profesional para el empleo dirigida a personas trabajadoras desempleadas y se establecen las bases reguladoras de las subvenciones destinadas a su financiación, en el ámbito
de la Comunidad Autónoma de Extremadura (DOE n.º 62, de 30 de marzo).
Cuarto. Cuantía total convocatoria.
1. L
a cuantía total máxima de la convocatoria de subvenciones destinadas a financiar acciones
formativas conducentes a certificados profesionales asciende a 11.199.460 euros, con cargo a los créditos autorizados en el proyecto de gasto 20210292 “Certificados de profesionalidad. Cualificaciones y FP. Iniciativas formación trabajadores desempleados” con fuente
de financiación de Transferencias del Estado, en las siguientes aplicaciones presupuestarias
y anualidades:
Anualidad 2025: 5.599.730 €.
140130000G/242B/46000TE2400800120210292: 671.968 €.
140130000G/242B/47000TE2400800120210292: 4.479.783 €.
140130000G/242B/48000TE2400800120210292: 447.979 €.
Anualidad 2026: 5.599.730 €.
140130000G/242B/46000TE2400800120210292: 671.968 €.
140130000G/242B/47000TE2400800120210292: 4.479.783 €.
140130000G/242B/48000TE2400800120210292: 447.979 €.
2. L
a cuantía global de los créditos presupuestarios previstos para financiar la convocatoria
podrá aumentarse, sin necesidad de abrir una nueva convocatoria, antes de resolver la
concesión de las subvenciones, en los términos previstos en el artículo 23.2.h) de la Ley
Lunes 14 de julio de 2025
40119
no concurran entidades acreditadas y/o inscritas para impartir las especialidades formativas ofertadas.
Tercero. Bases reguladoras.
Las bases reguladoras de la presente convocatoria son las contenidas en sección 1ª, Disposiciones Generales, y la sección 2ª, Disposiciones aplicables al procedimiento de concesión
de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, del capítulo IV, Subvenciones destinadas a financiar la oferta formativa dirigida a personas desempleadas, de la Orden de 27
de marzo de 2023, por la que se regula la programación, gestión y control de la oferta de
formación profesional para el empleo dirigida a personas trabajadoras desempleadas y se establecen las bases reguladoras de las subvenciones destinadas a su financiación, en el ámbito
de la Comunidad Autónoma de Extremadura (DOE n.º 62, de 30 de marzo).
Cuarto. Cuantía total convocatoria.
1. L
a cuantía total máxima de la convocatoria de subvenciones destinadas a financiar acciones
formativas conducentes a certificados profesionales asciende a 11.199.460 euros, con cargo a los créditos autorizados en el proyecto de gasto 20210292 “Certificados de profesionalidad. Cualificaciones y FP. Iniciativas formación trabajadores desempleados” con fuente
de financiación de Transferencias del Estado, en las siguientes aplicaciones presupuestarias
y anualidades:
Anualidad 2025: 5.599.730 €.
140130000G/242B/46000TE2400800120210292: 671.968 €.
140130000G/242B/47000TE2400800120210292: 4.479.783 €.
140130000G/242B/48000TE2400800120210292: 447.979 €.
Anualidad 2026: 5.599.730 €.
140130000G/242B/46000TE2400800120210292: 671.968 €.
140130000G/242B/47000TE2400800120210292: 4.479.783 €.
140130000G/242B/48000TE2400800120210292: 447.979 €.
2. L
a cuantía global de los créditos presupuestarios previstos para financiar la convocatoria
podrá aumentarse, sin necesidad de abrir una nueva convocatoria, antes de resolver la
concesión de las subvenciones, en los términos previstos en el artículo 23.2.h) de la Ley