Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2025061729)
Resolución de 15 de abril de 2025, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto "Mejora de la piscina natural de Tornavacas, en el término municipal de Tornavacas (Cáceres)". Expte.: IA24/0293.
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NÚMERO 83
Viernes 2 de mayo de 2025




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— Renovación de agua en época estival:
Se instalará una válvula de desagüe en el punto más bajo de la compuerta para
facilitar la renovación de agua turbia durante la época de baños, así como para cumplir con la liberación del caudal ecológico cuando se realice el llenado del vaso de la
piscina.

2. S
 e utilizarán los accesos existentes para la realización de los trabajos, minimizando la
entrada de máquinas o vehículos de transporte de materiales en los lugares naturales y
evitando establecer en ellos los parques de maquinaria o material de rechazo y acopios.
3. L
 a piscina deberá permanecer completamente abierta fuera del período de baños,
abriendo completamente las compuertas o quitando los paramentos temporales de cierre de la piscina que impiden el recorrido natural del cauce. Con ello se logra tanto la
descolmatación de forma natural como el restablecimiento espontáneo del cauce inscrito o vena de estiaje.
4. C
 onforme a las medidas complementarias adicionales para reducir impactos incluidas en
el EIA presentado por el promotor:


• “Se reproducirán de las condiciones hidromorfológicas que tiene el cauce aguas arriba
y aguas debajo de la actuación y se mantenimiento de la heterogeneidad del fondo,
imitando su estado natural y evitando dejar el vaso con una superficie regular”.



• “Se llevará a cabo un mantenimiento de estructuras de vegetación autóctona de tipo
lineal, de carácter arbustivo o arbóreo, que permitan interconectar los diferentes ecosistemas y desarrollar así corredores como medida de fomento de la conservación de
especies protegidas presentes”.



• “La zona de baño no contemplará ninguna derivación canalizada o arquetas”.



• “En la medida de lo posible, en la margen izquierda del vaso, se mantendrá la vegetación de ribera autóctona presente en dicha orilla, con el objetivo de aumentar las
zonas de refugio de microfauna protegida y recolonizar vegetación autóctona de ribera en el mismo entorno de la piscina. Se selecciona la margen izquierda dado que la
zona ajardinada de recreo se encuentra en la margen derecha y por tanto la margen
izquierda únicamente supone un punto de acceso ocasional a la piscina”.



• “No se afectará a la vegetación riparia presente. No se empleará cemento alrededor
de los troncos de cualquier pie arbóreo, o de sus alcorques si los tuviera”.