Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Procesos Selectivos. Elección De Plazas. (2025061708)
Resolución de 21 de abril de 2025, de la Dirección General de Función Pública, por la que se dispone la publicación de la relación de personas aspirantes que han superado el proceso selectivo convocado por Orden de 23 de diciembre de 2022, en el marco de los procesos de estabilización para la reducción de la temporalidad en el empleo público, para el acceso a plazas vacantes de personal laboral del Grupo III de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, por el sistema excepcional de concurso de méritos.
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NÚMERO 80

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Lunes 28 de abril de 2025

2. E
 n todo caso, la adjudicación del puesto de trabajo estará condicionada al cumplimiento
de los requisitos determinados para cada puesto de trabajo en la relación de puestos de
trabajo.
Las personas aspirantes que resulten adjudicatarias de un puesto que suponga contacto
habitual con menores deberán acreditar la circunstancia de no haber sido condenado por
sentencia firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual, dentro de los cinco
días hábiles siguientes a la publicación de la resolución referida en el apartado anterior.
Dicha acreditación se realizará mediante la presentación del correspondiente certificado
emitido por el Registro Central de Delincuentes Sexuales o de la autorización a la Administración para recabar el referido certificado.
Quinto. Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, las personas interesadas podrán interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante la persona titular
de la Consejería de Hacienda y Administración Pública en el plazo de un mes a contar desde
el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura, o bien, interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-administrativo
del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, en el plazo de dos meses a contar desde el
día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura. En caso de interponer
recurso de reposición, no se podrá impugnar en vía contencioso-administrativa la presente
resolución, hasta que se haya resuelto expresamente o se haya producido la desestimación
presunta de aquel. Todo ello sin perjuicio de ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que
estimen procedente.
Mérida, 21 de abril de 2025.
La Consejera de Hacienda y
Administración Pública,
PD, Resolución de 10 de agosto de 2023
(DOE n.º 156, de 14 de agosto)
El Director General de Función Pública,
DOMINGO JESÚS EXPÓSITO RUBIO