Consejería De Cultura, Turismo, Jóvenes Y Deportes. Producción Cinematográfica Y Audiovisual. Ayudas. (2025061669)
Extracto de la Resolución de la Secretaría General por la que se aprueba la convocatoria de las ayudas destinadas a la producción de largometrajes de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2025.
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NÚMERO 80
Lunes 28 de abril de 2025
23155
valoración, y cincuenta mil euros (50.000 €) al proyecto de largometraje documental con
mayor puntuación obtenida según los criterios de valoración, con las limitaciones indicadas
en este apartado.
La citada cantidad se imputará con cargo a los ejercicios y aplicaciones presupuestarias
siguientes:
a) Aportación correspondiente al año 2026: doscientos veinticinco mil euros (225.000 €)
con cargo a la aplicación presupuestaria 150020000 G/273B/77000, proyecto 20040309
y fondos CAG0000001 de la Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma
de Extremadura para el año 2026.
b) Aportación correspondiente al año 2027: setenta y cinco mil euros (75.000 €) con cargo
a la aplicación presupuestaria 150020000 G/273B/77000, proyecto 20040309 y fondos
CAG0000001 de la Ley de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2027.
2. L
a fuente de financiación de estas ayudas será con fondos de la Comunidad Autónoma de
Extremadura.
3. Será requisito necesario para obtener la ayuda haber obtenido una puntuación mínima de
35 puntos entre los apartados primero y segundo de los criterios de valoración.
4. L
a cuantía para cada beneficiario se establece de la siguiente manera:
a. Cuantía fija de 250.000,00 euros al/los proyecto/s de largometraje de ficción con mayor
puntuación obtenida según los criterios de valoración, con las limitaciones indicadas en
el presente resuelvo y del crédito presupuestado para tal fin.
b. C
uantía fija de 50.000,00 euros al/los proyecto/s de largometraje documental con mayor puntuación obtenida según los criterios de valoración, con las limitaciones indicadas
en el presente resuelvo artículo y del crédito presupuestado para tal fin.
5. El presupuesto inicial de los proyectos presentados tendrá que respetar como mínimo las
limitaciones porcentuales establecidas de acuerdo con la intensidad máxima de las ayudas
previstas en el resuelve décimo de la presente convocatoria, con objeto de que el porcentaje de ayuda concedida no supere los citados límites respecto al presupuesto presentado.
Quinto. Plazo presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días hábiles contados desde el siguiente
al de la publicación de la convocatoria y del extracto en el Diario Oficial de Extremadura.
Lunes 28 de abril de 2025
23155
valoración, y cincuenta mil euros (50.000 €) al proyecto de largometraje documental con
mayor puntuación obtenida según los criterios de valoración, con las limitaciones indicadas
en este apartado.
La citada cantidad se imputará con cargo a los ejercicios y aplicaciones presupuestarias
siguientes:
a) Aportación correspondiente al año 2026: doscientos veinticinco mil euros (225.000 €)
con cargo a la aplicación presupuestaria 150020000 G/273B/77000, proyecto 20040309
y fondos CAG0000001 de la Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma
de Extremadura para el año 2026.
b) Aportación correspondiente al año 2027: setenta y cinco mil euros (75.000 €) con cargo
a la aplicación presupuestaria 150020000 G/273B/77000, proyecto 20040309 y fondos
CAG0000001 de la Ley de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2027.
2. L
a fuente de financiación de estas ayudas será con fondos de la Comunidad Autónoma de
Extremadura.
3. Será requisito necesario para obtener la ayuda haber obtenido una puntuación mínima de
35 puntos entre los apartados primero y segundo de los criterios de valoración.
4. L
a cuantía para cada beneficiario se establece de la siguiente manera:
a. Cuantía fija de 250.000,00 euros al/los proyecto/s de largometraje de ficción con mayor
puntuación obtenida según los criterios de valoración, con las limitaciones indicadas en
el presente resuelvo y del crédito presupuestado para tal fin.
b. C
uantía fija de 50.000,00 euros al/los proyecto/s de largometraje documental con mayor puntuación obtenida según los criterios de valoración, con las limitaciones indicadas
en el presente resuelvo artículo y del crédito presupuestado para tal fin.
5. El presupuesto inicial de los proyectos presentados tendrá que respetar como mínimo las
limitaciones porcentuales establecidas de acuerdo con la intensidad máxima de las ayudas
previstas en el resuelve décimo de la presente convocatoria, con objeto de que el porcentaje de ayuda concedida no supere los citados límites respecto al presupuesto presentado.
Quinto. Plazo presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días hábiles contados desde el siguiente
al de la publicación de la convocatoria y del extracto en el Diario Oficial de Extremadura.