Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Ganadería. Ayudas. (2025061701)
Extracto de la Resolución de 15 de abril de 2025, de la Secretaría General, por la que se establece para el ejercicio 2025, la convocatoria de subvenciones destinadas al fomento de razas autóctonas españolas, en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 80
Lunes 28 de abril de 2025
23034
EXTRACTO de la Resolución de 15 de abril de 2025, de la Secretaría General,
por la que se establece para el ejercicio 2025, la convocatoria de subvenciones
destinadas al fomento de razas autóctonas españolas, en la Comunidad
Autónoma de Extremadura. (2025061701)
BDNS(Identif.): 828347
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17
de noviembre, General de Subvenciones, y en el artículo 16.q) de la Ley 6/2011, de 23 de
marzo de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura se publica el extracto
de las subvenciones destinadas al fomento de razas autóctonas españolas en la Comunidad
Autónoma de Extremadura, cuyo texto puede consultarse en la Base de Datos Nacional de
Subvenciones (http://www.infosubvenciones.gob.es ) y en el presente DOE.
Primero. Objeto.
Ayudas en régimen de concurrencia competitiva y convocatoria periódica, reguladas por el
Real Decreto 1625/2011, de 14 de noviembre, por el que se establecen las bases reguladoras
de las subvenciones destinadas al fomento de razas autóctonas españolas (BOE n.º 295, de 8
de diciembre de 2011), modificado por Real Decreto 181/2015, de 13 de marzo (BOE n.º 63,
de 14 de marzo de 2015), por el Real Decreto 45/2019, de 8 de febrero (BOE n.º 52, de 1 de
marzo de 2019) y por Real Decreto 663/2023, de 18 de julio (BOE n.º 172, de 20 de julio).
Segundo. Beneficiarios.
Asociaciones de ganaderos reconocidas por la Dirección General de Agricultura y Ganadería,
que cumplan los requisitos establecidos en el artículo 2 del Real Decreto 1625/2011, de 14 de
noviembre (BOE n.º 295, de 8 de diciembre de 2011), modificado por Real Decreto 181/2015,
de 13 de marzo (BOE n.º 63, de 14 de marzo de 2015), por el Real Decreto 45/2019, de 8
de febrero (BOE n.º 52, de 1 de marzo de 2019) y por Real Decreto 663/2023, de 18 de julio
(BOE n.º 172, de 20 de julio).
Tercero. Bases reguladoras.
Real Decreto 1625/2011, de 14 de noviembre, por el que se establecen las bases reguladoras
de las subvenciones destinadas al fomento de razas autóctonas españolas (BOE n.º 295,de 8
de diciembre de 2011), modificado por Real Decreto 181/2015, de 13 de marzo (BOE n.º 63,
de 14 de marzo de 2015), por el Real Decreto 45/2019, de 8 de febrero (BOE n.º 52, de 1 de
marzo de 2019) y por Real Decreto 663/2023, de 18 de julio (BOE n.º 172, de 20 de julio).
Lunes 28 de abril de 2025
23034
EXTRACTO de la Resolución de 15 de abril de 2025, de la Secretaría General,
por la que se establece para el ejercicio 2025, la convocatoria de subvenciones
destinadas al fomento de razas autóctonas españolas, en la Comunidad
Autónoma de Extremadura. (2025061701)
BDNS(Identif.): 828347
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17
de noviembre, General de Subvenciones, y en el artículo 16.q) de la Ley 6/2011, de 23 de
marzo de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura se publica el extracto
de las subvenciones destinadas al fomento de razas autóctonas españolas en la Comunidad
Autónoma de Extremadura, cuyo texto puede consultarse en la Base de Datos Nacional de
Subvenciones (http://www.infosubvenciones.gob.es ) y en el presente DOE.
Primero. Objeto.
Ayudas en régimen de concurrencia competitiva y convocatoria periódica, reguladas por el
Real Decreto 1625/2011, de 14 de noviembre, por el que se establecen las bases reguladoras
de las subvenciones destinadas al fomento de razas autóctonas españolas (BOE n.º 295, de 8
de diciembre de 2011), modificado por Real Decreto 181/2015, de 13 de marzo (BOE n.º 63,
de 14 de marzo de 2015), por el Real Decreto 45/2019, de 8 de febrero (BOE n.º 52, de 1 de
marzo de 2019) y por Real Decreto 663/2023, de 18 de julio (BOE n.º 172, de 20 de julio).
Segundo. Beneficiarios.
Asociaciones de ganaderos reconocidas por la Dirección General de Agricultura y Ganadería,
que cumplan los requisitos establecidos en el artículo 2 del Real Decreto 1625/2011, de 14 de
noviembre (BOE n.º 295, de 8 de diciembre de 2011), modificado por Real Decreto 181/2015,
de 13 de marzo (BOE n.º 63, de 14 de marzo de 2015), por el Real Decreto 45/2019, de 8
de febrero (BOE n.º 52, de 1 de marzo de 2019) y por Real Decreto 663/2023, de 18 de julio
(BOE n.º 172, de 20 de julio).
Tercero. Bases reguladoras.
Real Decreto 1625/2011, de 14 de noviembre, por el que se establecen las bases reguladoras
de las subvenciones destinadas al fomento de razas autóctonas españolas (BOE n.º 295,de 8
de diciembre de 2011), modificado por Real Decreto 181/2015, de 13 de marzo (BOE n.º 63,
de 14 de marzo de 2015), por el Real Decreto 45/2019, de 8 de febrero (BOE n.º 52, de 1 de
marzo de 2019) y por Real Decreto 663/2023, de 18 de julio (BOE n.º 172, de 20 de julio).