Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Protección Civil. Subvenciones. (2025061651)
Extracto de la Resolución de 4 de abril de 2025, de la Secretaría General, por la que se establece para el ejercicio 2025, la convocatoria de subvenciones dirigidas a la dotación de equipamiento y material a las agrupaciones locales de voluntariado de protección civil de la Comunidad Autónoma de Extremadura, Sublínea B.
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NÚMERO 78
22180
Jueves 24 de abril de 2025
Segundo. Beneficiarios.
Municipios, las mancomunidades y las entidades locales menores de la Comunidad Autónoma
de Extremadura que cuenten con Agrupación Local de Voluntariado de Protección Civil legalmente constituida e inscrita en el Registro de Agrupaciones y Asociaciones de Voluntarios de
Protección Civil y Emergencias de Extremadura.
Tercero. Bases reguladoras.
Orden de 10 de junio de 2020 por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones en materia de protección civil en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura
(DOE núm. 115, de 16 de junio).
Cuarto. Cuantía.
Con cargo a los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura, aprobados por la Ley 1/2024, de 5 de febrero, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura, para el año 2024 (DOE núm. 26, de 6 de febrero) y prorrogados
para el ejercicio 2025, de acuerdo con las condiciones y criterios establecidos en la Orden
de 6 de febrero de 2025 para la aplicación de la prórroga de los Presupuestos Generales de
la Comunidad Autónoma para 2024 en el ejercicio 2025, imputándose al Proyecto 20180147
“Subvenciones dirigidas a la dotación de equipamiento y material a las Agrupaciones Locales
de Voluntariado de Protección Civil”, por un importe total de 100.000 euros en la aplicación
presupuestaria 220050000 G/116A/76000, fondos CAG0000001, correspondientes a transferencias de capital.
La cuantía concedida a cada entidad local beneficiaria podrá ser de hasta el 100% de la inversión prevista y solicitada, con un importe máximo individual de 10.000 euros para la Sublínea
“B”.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
10 días hábiles a partir del día siguiente a la publicación de la presente de la resolución de
convocatoria y del presente extracto en el Diario Oficial de Extremadura.
Mérida, 4 de abril de 2025.
El Secretario General,
DAVID GONZÁLEZ GIL
22180
Jueves 24 de abril de 2025
Segundo. Beneficiarios.
Municipios, las mancomunidades y las entidades locales menores de la Comunidad Autónoma
de Extremadura que cuenten con Agrupación Local de Voluntariado de Protección Civil legalmente constituida e inscrita en el Registro de Agrupaciones y Asociaciones de Voluntarios de
Protección Civil y Emergencias de Extremadura.
Tercero. Bases reguladoras.
Orden de 10 de junio de 2020 por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones en materia de protección civil en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura
(DOE núm. 115, de 16 de junio).
Cuarto. Cuantía.
Con cargo a los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura, aprobados por la Ley 1/2024, de 5 de febrero, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura, para el año 2024 (DOE núm. 26, de 6 de febrero) y prorrogados
para el ejercicio 2025, de acuerdo con las condiciones y criterios establecidos en la Orden
de 6 de febrero de 2025 para la aplicación de la prórroga de los Presupuestos Generales de
la Comunidad Autónoma para 2024 en el ejercicio 2025, imputándose al Proyecto 20180147
“Subvenciones dirigidas a la dotación de equipamiento y material a las Agrupaciones Locales
de Voluntariado de Protección Civil”, por un importe total de 100.000 euros en la aplicación
presupuestaria 220050000 G/116A/76000, fondos CAG0000001, correspondientes a transferencias de capital.
La cuantía concedida a cada entidad local beneficiaria podrá ser de hasta el 100% de la inversión prevista y solicitada, con un importe máximo individual de 10.000 euros para la Sublínea
“B”.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
10 días hábiles a partir del día siguiente a la publicación de la presente de la resolución de
convocatoria y del presente extracto en el Diario Oficial de Extremadura.
Mérida, 4 de abril de 2025.
El Secretario General,
DAVID GONZÁLEZ GIL