Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Procesos Selectivos. Adjudicación. (2025061648)
Resolución de 21 de abril de 2025, de la Dirección General de Función Pública, por la que se regula el procedimiento para la adjudicación de destino a las personas aspirantes seleccionadas en las pruebas selectivas convocadas, en el marco de los procesos de estabilización para la reducción de la temporalidad en el empleo público, a plazas vacantes de personal funcionario y de personal laboral de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura por el procedimiento de concurso-oposición.
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NÚMERO 77
21984
Miércoles 23 de abril de 2025
correspondientes contratos de trabajo como personal laboral fijo, ordenándose su inscripción
en el Registro General de Personal.
En el caso de que el puesto adjudicado estuviese ocupado por un contratado temporal de duración determinada (cuyo contrato se haya celebrado con ocasión de la jubilación anticipada
a los 64 años de un trabajador laboral fijo de esta Administración) la fecha de efectos de cese
y de toma de posesión señalados anteriormente se fijarán a partir de la fecha de terminación
del contrato temporal.
Contra la presente resolución, que no agota la vía administrativa, las personas interesadas
podrán interponer recurso de alzada ante la persona titular de la Consejería de Hacienda y
Administración Pública en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura, de conformidad con lo previsto en los artículos 112,
121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de
las Administraciones Públicas. Todo ello sin perjuicio de ejercitar, en su caso, cualquier otro
recurso que estimen procedente.
Mérida, 21 de abril de 2025.
El Director General de Función Pública,
DOMINGO JESÚS EXPÓSITO RUBIO
21984
Miércoles 23 de abril de 2025
correspondientes contratos de trabajo como personal laboral fijo, ordenándose su inscripción
en el Registro General de Personal.
En el caso de que el puesto adjudicado estuviese ocupado por un contratado temporal de duración determinada (cuyo contrato se haya celebrado con ocasión de la jubilación anticipada
a los 64 años de un trabajador laboral fijo de esta Administración) la fecha de efectos de cese
y de toma de posesión señalados anteriormente se fijarán a partir de la fecha de terminación
del contrato temporal.
Contra la presente resolución, que no agota la vía administrativa, las personas interesadas
podrán interponer recurso de alzada ante la persona titular de la Consejería de Hacienda y
Administración Pública en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura, de conformidad con lo previsto en los artículos 112,
121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de
las Administraciones Públicas. Todo ello sin perjuicio de ejercitar, en su caso, cualquier otro
recurso que estimen procedente.
Mérida, 21 de abril de 2025.
El Director General de Función Pública,
DOMINGO JESÚS EXPÓSITO RUBIO