Consejería De Salud Y Servicios Sociales. Subvenciones. (2025061584)
Resolución de 14 de abril de 2025, de la Dirección Gerencia del SEPAD, por la que se da publicidad a las subvenciones concedidas en materias competencia del Servicio Extremeño de Promoción de la Autonomía y Atención a la Dependencia por el procedimiento de concesión directa en los ejercicios 2023 y 2024.
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NÚMERO 77
Miércoles 23 de abril de 2025
22114
CONSEJERÍA DE SALUD Y SERVICIOS SOCIALES
RESOLUCIÓN de 14 de abril de 2025, de la Dirección Gerencia del SEPAD,
por la que se da publicidad a las subvenciones concedidas en materias
competencia del Servicio Extremeño de Promoción de la Autonomía y Atención
a la Dependencia por el procedimiento de concesión directa en los ejercicios
2023 y 2024. (2025061584)
La Ley 1/2008, de creación de Entidades Públicas de la Junta de Extremadura, crea el Servicio
Extremeño de Promoción de la Autonomía y Atención a la Dependencia (SEPAD), como ente
público sometido al Derecho Administrativo, con el fin de ejercer las competencias de administración y gestión de servicios, prestaciones y programas sociosanitarios que le encomiende
la Administración de la Comunidad Autónoma, conforme a los objetivos y principios de la Ley
39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las Personas en Situación de Dependencia, y desarrollo y coordinación de las políticas sociales de
atención a personas con discapacidad y mayores.
Por su parte el Decreto 222/2008, de 24 de octubre, por los que se aprueban los Estatutos del
Servicio Extremeño de Promoción a la Autonomía y Atención a la Dependencia, corresponde
a éste la prestación de la atención a las personas con discapacidad y el desarrollo y ejecución
de las políticas sociales de atención a las mismas.
De acuerdo con lo previsto en el artículo 9 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, serán órganos competentes para conceder
las subvenciones los Secretarios Generales de las Consejerías de la Junta de Extremadura,
así como los presidentes o directores de los organismos o entidades de derecho público, de
acuerdo con lo que se establezca en sus normas de creación.
Siendo así, en virtud del Decreto 146/2024, de 26 de noviembre, por el que se modifica el
Decreto 222/2008, de 24 de octubre, por el que se aprueban los Estatutos del Servicio Extremeño de Promoción de la Autonomía y Atención a la Dependencia (SEPAD), corresponde a
la Dirección Gerencia las funciones de concesión de subvenciones, incluidas las subvenciones
nominativas y de concesión directa (artículo 5.2.p).
El artículo 22.4.c) de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, establece que podrán concederse de forma directa, sin convocatoria
previa, las siguientes subvenciones: “con carácter excepcional, aquellas otras subvenciones
en que se acrediten razones de interés público, social, económico o humanitario, u otras debidamente justificadas que dificulten su convocatoria pública”.
Miércoles 23 de abril de 2025
22114
CONSEJERÍA DE SALUD Y SERVICIOS SOCIALES
RESOLUCIÓN de 14 de abril de 2025, de la Dirección Gerencia del SEPAD,
por la que se da publicidad a las subvenciones concedidas en materias
competencia del Servicio Extremeño de Promoción de la Autonomía y Atención
a la Dependencia por el procedimiento de concesión directa en los ejercicios
2023 y 2024. (2025061584)
La Ley 1/2008, de creación de Entidades Públicas de la Junta de Extremadura, crea el Servicio
Extremeño de Promoción de la Autonomía y Atención a la Dependencia (SEPAD), como ente
público sometido al Derecho Administrativo, con el fin de ejercer las competencias de administración y gestión de servicios, prestaciones y programas sociosanitarios que le encomiende
la Administración de la Comunidad Autónoma, conforme a los objetivos y principios de la Ley
39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las Personas en Situación de Dependencia, y desarrollo y coordinación de las políticas sociales de
atención a personas con discapacidad y mayores.
Por su parte el Decreto 222/2008, de 24 de octubre, por los que se aprueban los Estatutos del
Servicio Extremeño de Promoción a la Autonomía y Atención a la Dependencia, corresponde
a éste la prestación de la atención a las personas con discapacidad y el desarrollo y ejecución
de las políticas sociales de atención a las mismas.
De acuerdo con lo previsto en el artículo 9 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, serán órganos competentes para conceder
las subvenciones los Secretarios Generales de las Consejerías de la Junta de Extremadura,
así como los presidentes o directores de los organismos o entidades de derecho público, de
acuerdo con lo que se establezca en sus normas de creación.
Siendo así, en virtud del Decreto 146/2024, de 26 de noviembre, por el que se modifica el
Decreto 222/2008, de 24 de octubre, por el que se aprueban los Estatutos del Servicio Extremeño de Promoción de la Autonomía y Atención a la Dependencia (SEPAD), corresponde a
la Dirección Gerencia las funciones de concesión de subvenciones, incluidas las subvenciones
nominativas y de concesión directa (artículo 5.2.p).
El artículo 22.4.c) de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, establece que podrán concederse de forma directa, sin convocatoria
previa, las siguientes subvenciones: “con carácter excepcional, aquellas otras subvenciones
en que se acrediten razones de interés público, social, económico o humanitario, u otras debidamente justificadas que dificulten su convocatoria pública”.