Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Estatutos. (2025040020)
Decreto 6/2025, de 11 de febrero, por el que se aprueban los Estatutos del Centro de Investigaciones Científicas y Tecnológicas de Extremadura (CICYTEX).
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NÚMERO 32
Lunes 17 de febrero de 2025

8344

CAPÍTULO VII
Régimen presupuestario, de contabilidad y control
Artículo 38. Presupuesto.
1. E
 l CICYTEX elaborará anualmente una propuesta de presupuestos, de acuerdo con lo
dispuesto en los presentes Estatutos y dentro del marco del contrato de gestión que será
remitido a la Consejería de adscripción para su examen, que dará posterior traslado del
mismo a la Consejería competente en materia de Hacienda.
2. E
 l presupuesto de gastos del CICYTEX tiene carácter limitativo por su importe global,
sometiéndose al régimen de vinculaciones establecido en la Ley 5/2007, de 19 de abril,
General de Hacienda Pública de Extremadura.
3. L
 a autorización de las variaciones presupuestarias se acordará de conformidad a lo establecido en el artículo 87 de la Ley 10/2010, de 16 de noviembre.
a) Por la persona titular de la Consejería competente en materia de Hacienda, las variaciones de cuantía global del presupuesto y las que afecten a gastos de personal, a iniciativa de la Dirección del CICYTEX y a propuesta del Consejo Rector, salvo las previstas en
la letra siguiente.
b) Por la Dirección del CICYTEX todas las restantes variaciones, incluso en la cuantía global cuando sean financiadas con recursos derivados de los apartados b), e), f) y g) del
artículo 34.1 de los presentes Estatutos por encima de los inicialmente presupuestados
y existan garantías suficientes de su efectividad.
Artículo 39. Tesorería.
1. E
 l régimen de la Tesorería del CICYTEX, sin perjuicio de la condición de ordenador de pagos
que le compete a la Dirección del CICYTEX, será el general de la Comunidad Autónoma de
Extremadura.
2. L
 a tesorería del CICYTEX centralizará los recursos del ente de derecho público, constituyéndose en caja única del mismo.
Artículo 40. Control.
1. E
 l control interno de la gestión presupuestaria y económico-financiera del CICYTEX corresponderá a la Intervención General de la Junta de Extremadura, y se realizará bajo la modalidad de control financiero, conforme a lo dispuesto en el artículo 152 de la Ley 5/2007,
de 19 de abril.