Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Política Agraria Comunitaria. Ayudas. (2025060218)
Resolución de 27 de enero de 2025, de la Secretaría General de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible y de la Secretaría General de la Consejería de Gestión Forestal y Mundo Rural, por la que se convocan, para la campaña 2025/2026, la ayuda básica a la renta para la sostenibilidad, la ayuda redistributiva complementaria a la renta para la sostenibilidad, la ayuda complementaria a la renta para jóvenes agricultores y jóvenes agricultoras y regímenes en favor del clima y de medio ambiente (eco-regímenes), los pagos directos asociados a las personas agricultoras y a las personas ganaderas, los pagos establecidos en función del Programa de Desarrollo Rural de la Comunidad Autónoma de Extremadura 2014-2022, la concesión y pago de las ayudas a zonas con limitaciones naturales u otras limitaciones específicas, la concesión y pago de primera anualidad y el pago de la tercera anualidad, de determinadas intervenciones recogidas en el Plan Estratégico de la PAC 2023-2027.
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NÚMERO 21
Viernes 31 de enero de 2025
6502
Consejo, de 2 de diciembre de 2021, sobre la financiación, la gestión y el seguimiento de
la política agrícola común y por el que se deroga el Reglamento (UE) n.º 1306/2013 y en
relación con lo previsto en el artículo 17.1 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura y en el artículo 11.1 de la Ley 4/2013,
de 21 de mayo, de Gobierno Abierto de Extremadura y, en todo caso, de conformidad con
la vigente normativa comunitaria y nacional sobre protección de datos. Además, según lo
previsto y de conformidad a los Reglamentos n.º 2021/2116 y n.º 2021/1060, los datos
podrán ser tratados por organismos de auditoría e investigación de la Unión, así como nacionales y autonómicos, para salvaguardar los intereses financieros de la Unión; y cuando
se trate de datos personales, las personas beneficiarias podrán ejercitar los derechos que
les corresponden con arreglo a las normas en materia de protección de datos y por los
procedimientos previstos en dichas normas.
2. E
sta resolución de convocatoria, junto con su extracto, será publicada en la Base de Datos
Nacional de Subvenciones y en el Diario Oficial de Extremadura, conforme dispone el artículo 20.8 a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y el artículo
20.2 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de
Extremadura. Asimismo, de acuerdo con el artículo 20 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo,
de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, y con el artículo 11. 1 de la
Ley 4/2013, de 21 de mayo, de Gobierno Abierto de Extremadura, se publicará, dentro del
Portal de Subvenciones de la Junta de Extremadura, en la sede electrónica corporativa de
la Junta de Extremadura, http://sede.gobex.es , y en el Portal de Transparencia de la Junta
de Extremadura, el texto íntegro de esta resolución de convocatoria y las subvenciones
concedidas, con indicación de la relación de las entidades beneficiarias, el importe de las
ayudas y la identificación de la normativa reguladora.
Noveno. Notificaciones a las personas interesadas.
1. D
ebido al elevado número de solicitudes, y con objeto de lograr una mayor agilidad en la
tramitación y resolución de los expedientes, se pondrá en conocimiento de las personas
interesadas, mediante la publicación de un Anuncio en el DOE, el medio, lugar y plazo para
acceder al contenido íntegro de todos los actos administrativos vinculados a la solicitud
única.
2. D
e manera adicional al Anuncio en el Diario Oficial de Extremadura, el órgano gestor de las
ayudas podrá valorar, previa la habilitación de los medios oportunos para ello, la realización
de comunicaciones individuales a los interesados sobre el lugar, medio y plazo de acceso a
los actos administrativos referidos en el apartado anterior.
3. L
a aportación de la documentación relacionada con la solicitud única se podrá realizar a
través de la aplicación SGA en la dirección de Internet https://sga.juntaex.es/SgaCac o
a través del Portal del Ciudadano de SGA en la dirección https://sga.juntaex.es/SgaGpi .
Viernes 31 de enero de 2025
6502
Consejo, de 2 de diciembre de 2021, sobre la financiación, la gestión y el seguimiento de
la política agrícola común y por el que se deroga el Reglamento (UE) n.º 1306/2013 y en
relación con lo previsto en el artículo 17.1 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura y en el artículo 11.1 de la Ley 4/2013,
de 21 de mayo, de Gobierno Abierto de Extremadura y, en todo caso, de conformidad con
la vigente normativa comunitaria y nacional sobre protección de datos. Además, según lo
previsto y de conformidad a los Reglamentos n.º 2021/2116 y n.º 2021/1060, los datos
podrán ser tratados por organismos de auditoría e investigación de la Unión, así como nacionales y autonómicos, para salvaguardar los intereses financieros de la Unión; y cuando
se trate de datos personales, las personas beneficiarias podrán ejercitar los derechos que
les corresponden con arreglo a las normas en materia de protección de datos y por los
procedimientos previstos en dichas normas.
2. E
sta resolución de convocatoria, junto con su extracto, será publicada en la Base de Datos
Nacional de Subvenciones y en el Diario Oficial de Extremadura, conforme dispone el artículo 20.8 a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y el artículo
20.2 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de
Extremadura. Asimismo, de acuerdo con el artículo 20 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo,
de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, y con el artículo 11. 1 de la
Ley 4/2013, de 21 de mayo, de Gobierno Abierto de Extremadura, se publicará, dentro del
Portal de Subvenciones de la Junta de Extremadura, en la sede electrónica corporativa de
la Junta de Extremadura, http://sede.gobex.es , y en el Portal de Transparencia de la Junta
de Extremadura, el texto íntegro de esta resolución de convocatoria y las subvenciones
concedidas, con indicación de la relación de las entidades beneficiarias, el importe de las
ayudas y la identificación de la normativa reguladora.
Noveno. Notificaciones a las personas interesadas.
1. D
ebido al elevado número de solicitudes, y con objeto de lograr una mayor agilidad en la
tramitación y resolución de los expedientes, se pondrá en conocimiento de las personas
interesadas, mediante la publicación de un Anuncio en el DOE, el medio, lugar y plazo para
acceder al contenido íntegro de todos los actos administrativos vinculados a la solicitud
única.
2. D
e manera adicional al Anuncio en el Diario Oficial de Extremadura, el órgano gestor de las
ayudas podrá valorar, previa la habilitación de los medios oportunos para ello, la realización
de comunicaciones individuales a los interesados sobre el lugar, medio y plazo de acceso a
los actos administrativos referidos en el apartado anterior.
3. L
a aportación de la documentación relacionada con la solicitud única se podrá realizar a
través de la aplicación SGA en la dirección de Internet https://sga.juntaex.es/SgaCac o
a través del Portal del Ciudadano de SGA en la dirección https://sga.juntaex.es/SgaGpi .