Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Política Agraria Comunitaria. Ayudas. (2025060218)
Resolución de 27 de enero de 2025, de la Secretaría General de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible y de la Secretaría General de la Consejería de Gestión Forestal y Mundo Rural, por la que se convocan, para la campaña 2025/2026, la ayuda básica a la renta para la sostenibilidad, la ayuda redistributiva complementaria a la renta para la sostenibilidad, la ayuda complementaria a la renta para jóvenes agricultores y jóvenes agricultoras y regímenes en favor del clima y de medio ambiente (eco-regímenes), los pagos directos asociados a las personas agricultoras y a las personas ganaderas, los pagos establecidos en función del Programa de Desarrollo Rural de la Comunidad Autónoma de Extremadura 2014-2022, la concesión y pago de las ayudas a zonas con limitaciones naturales u otras limitaciones específicas, la concesión y pago de primera anualidad y el pago de la tercera anualidad, de determinadas intervenciones recogidas en el Plan Estratégico de la PAC 2023-2027.
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NÚMERO 21
6500
Viernes 31 de enero de 2025
financiará con cargo aplicación presupuestaria 120040000 G353A/47000 FR23700501,
proyecto de gasto 20230257, “7005.1. Razas autóctonas amenazadas (6505.1 PEPAC)”,
de los Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Extremadura, distribuido en las
anualidades siguientes:
OPERACIÓN
IMPORTE ANUALIDAD PRESUPUESTARIA
IMPORTE
2026
2027
2028
2029
2030
FOMENTO RAZAS
AUTOCTONAS
300.000
300.000
300.000
300.000
300.000
1.500.000
IMPORTE TOTAL
300.000
300.000
300.000
300.000
300.000
1.500.000
Las asignaciones efectuadas para todas las intervenciones referidas en el presente punto,
contempladas en el Plan Estratégico de la PAC 2023-2027, en relación con compromisos
medioambientales, climáticos y otros compromisos de gestión, son estimativas. No obstante, en ningún caso, se dejarán solicitudes que cumplan los requisitos sin subvencionar
para atender ayudas de otras intervenciones y/u operaciones. Los proyectos de gasto de
todas estas intervenciones están cofinanciados por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER), en un 75 % conforme establece el referido Plan Estratégico de la PAC
2023-2027, el resto será financiado por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación
y la Junta de Extremadura.
La cuantía del importe total de las intervenciones de este punto podrá aumentarse si las
disponibilidades presupuestarias lo permiten, hasta la cuantía que corresponda, conforme
a la normativa que le resulte de aplicación cuando tal incremento sea consecuencia de una
generación, incorporación de crédito, o se trate de créditos declarados ampliables, siempre
y cuando se respeten los compromisos adquiridos por las personas beneficiarias, o bien
podrán minorarse en función de las solicitudes presentadas y las disponibilidades presupuestarias existentes. También podrán redistribuirse dichos créditos. A tales fines, podrán
resolverse de forma independiente las distintas intervenciones y/u operaciones de ayuda
de cada convocatoria y realizarse el aumento o la redistribución de las líneas pendientes
de resolver. A fin de poder atender lo establecido en el artículo 44 relativo al pago a los beneficiarios del Reglamento (UE) 2021/2116 del Parlamento Europeo y del Consejo de 2 de
diciembre de 2021 sobre la financiación, la gestión y el seguimiento de la política agrícola
común y por el que se deroga el Reglamento (UE) n.º 1306/2013, los importes asignados
para cada anualidad podrán ser adelantados a la anualidad anterior.
3. L
as ayudas a zonas con limitaciones naturales u otras limitaciones específicas (6613 PEPAC)
por un importe de diecisiete millones novecientos mil euros (17.900.000,00 €), se financiarán con cargo a la aplicación presupuestaria, proyectos de gastos y anualidad siguiente:
6500
Viernes 31 de enero de 2025
financiará con cargo aplicación presupuestaria 120040000 G353A/47000 FR23700501,
proyecto de gasto 20230257, “7005.1. Razas autóctonas amenazadas (6505.1 PEPAC)”,
de los Presupuestos de la Comunidad Autónoma de Extremadura, distribuido en las
anualidades siguientes:
OPERACIÓN
IMPORTE ANUALIDAD PRESUPUESTARIA
IMPORTE
2026
2027
2028
2029
2030
FOMENTO RAZAS
AUTOCTONAS
300.000
300.000
300.000
300.000
300.000
1.500.000
IMPORTE TOTAL
300.000
300.000
300.000
300.000
300.000
1.500.000
Las asignaciones efectuadas para todas las intervenciones referidas en el presente punto,
contempladas en el Plan Estratégico de la PAC 2023-2027, en relación con compromisos
medioambientales, climáticos y otros compromisos de gestión, son estimativas. No obstante, en ningún caso, se dejarán solicitudes que cumplan los requisitos sin subvencionar
para atender ayudas de otras intervenciones y/u operaciones. Los proyectos de gasto de
todas estas intervenciones están cofinanciados por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER), en un 75 % conforme establece el referido Plan Estratégico de la PAC
2023-2027, el resto será financiado por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación
y la Junta de Extremadura.
La cuantía del importe total de las intervenciones de este punto podrá aumentarse si las
disponibilidades presupuestarias lo permiten, hasta la cuantía que corresponda, conforme
a la normativa que le resulte de aplicación cuando tal incremento sea consecuencia de una
generación, incorporación de crédito, o se trate de créditos declarados ampliables, siempre
y cuando se respeten los compromisos adquiridos por las personas beneficiarias, o bien
podrán minorarse en función de las solicitudes presentadas y las disponibilidades presupuestarias existentes. También podrán redistribuirse dichos créditos. A tales fines, podrán
resolverse de forma independiente las distintas intervenciones y/u operaciones de ayuda
de cada convocatoria y realizarse el aumento o la redistribución de las líneas pendientes
de resolver. A fin de poder atender lo establecido en el artículo 44 relativo al pago a los beneficiarios del Reglamento (UE) 2021/2116 del Parlamento Europeo y del Consejo de 2 de
diciembre de 2021 sobre la financiación, la gestión y el seguimiento de la política agrícola
común y por el que se deroga el Reglamento (UE) n.º 1306/2013, los importes asignados
para cada anualidad podrán ser adelantados a la anualidad anterior.
3. L
as ayudas a zonas con limitaciones naturales u otras limitaciones específicas (6613 PEPAC)
por un importe de diecisiete millones novecientos mil euros (17.900.000,00 €), se financiarán con cargo a la aplicación presupuestaria, proyectos de gastos y anualidad siguiente: