Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2025060182)
Resolución de 21 de enero de 2025, de la Secretaría General, por la que se da publicidad a la Adenda de modificación del Convenio de Colaboración entre la extinta Consejería de Cultura, Turismo y Deportes (actual Consejería de Cultura, Turismo, Jóvenes y Deportes) de la Junta de Extremadura y la Diputación de Badajoz para la ejecución del Plan de sostenibilidad turística en destino "Tierra de Barros Enoturismo", financiado por el "Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia-Financiado por la Unión Europea Next-Generation EU".
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NÚMERO 18
Martes 28 de enero de 2025
5620
2. P
ara la justificación del PSTD, la Diputación Provincial de Badajoz semestralmente dará
cuenta a la Dirección General de Turismo de las actuaciones ejecutadas, del cumplimiento
de los objetivos alcanzados y llevará a cabo una memoria económica, especificándose el
porcentaje realizado con una relación clasificada de los gastos efectuados. La presentación
de dicha documentación deberá realizarse antes del 10 de enero y 10 de julio de cada
anualidad.
La justificación documental de las actuaciones deberá presentarse en castellano y dicha justificación requerirá la forma de cuenta justificativa (anexo VIII) en la que se deberá incluir,
bajo la responsabilidad del declarante, los justificantes de gastos y pagos o cualquier otro
documento con validez jurídica que permita acreditar el cumplimiento de las actuaciones.
La cuenta deberá incluir una declaración de las actividades realizadas que han sido financiadas con dichos fondos y su coste con el desglose de cada uno de los gastos y pagos
realizados.
3. D
eberá acreditarse en la justificación final la aplicación final de los fondos y sus importes.
Dicha justificación se presentará inexcusablemente por la entidad local ante la Dirección
General de Turismo hasta el 31 de mayo de 2026.
En el caso de que la ejecución no alcance el 100% de las aportaciones realizadas se estará
a lo dispuesto en la cláusula decimoquinta sobre incumplimiento y reintegro.
4. C
on la justificación final deberá acompañarse la siguiente documentación:
Certificación de la Secretaría/Intervención de la entidad, donde se certifiquen los gastos
y pagos totales realizados, con especificación y desglose del número de las actuaciones
realizadas y los resultados obtenidos. Esta certificación deberá contener los siguientes extremos:
— Que los gastos realizados y pagados imputables corresponden a gastos exclusivos de
la misma.
— Que los gastos y pagos efectuados responden a la naturaleza y finalidad para la que
se otorgaron los fondos europeos.
— Que la declaración de estos gastos es exacta y se ha efectuado a partir de sistemas
de contabilidad basados en justificantes comprobables.
— Que la documentación original acreditativa del gasto realizado y efectivamente pagado se encuentra en las dependencias de dicha entidad, a disposición de las comprobaciones que procedan e identificando al responsable de su custodia.
Martes 28 de enero de 2025
5620
2. P
ara la justificación del PSTD, la Diputación Provincial de Badajoz semestralmente dará
cuenta a la Dirección General de Turismo de las actuaciones ejecutadas, del cumplimiento
de los objetivos alcanzados y llevará a cabo una memoria económica, especificándose el
porcentaje realizado con una relación clasificada de los gastos efectuados. La presentación
de dicha documentación deberá realizarse antes del 10 de enero y 10 de julio de cada
anualidad.
La justificación documental de las actuaciones deberá presentarse en castellano y dicha justificación requerirá la forma de cuenta justificativa (anexo VIII) en la que se deberá incluir,
bajo la responsabilidad del declarante, los justificantes de gastos y pagos o cualquier otro
documento con validez jurídica que permita acreditar el cumplimiento de las actuaciones.
La cuenta deberá incluir una declaración de las actividades realizadas que han sido financiadas con dichos fondos y su coste con el desglose de cada uno de los gastos y pagos
realizados.
3. D
eberá acreditarse en la justificación final la aplicación final de los fondos y sus importes.
Dicha justificación se presentará inexcusablemente por la entidad local ante la Dirección
General de Turismo hasta el 31 de mayo de 2026.
En el caso de que la ejecución no alcance el 100% de las aportaciones realizadas se estará
a lo dispuesto en la cláusula decimoquinta sobre incumplimiento y reintegro.
4. C
on la justificación final deberá acompañarse la siguiente documentación:
Certificación de la Secretaría/Intervención de la entidad, donde se certifiquen los gastos
y pagos totales realizados, con especificación y desglose del número de las actuaciones
realizadas y los resultados obtenidos. Esta certificación deberá contener los siguientes extremos:
— Que los gastos realizados y pagados imputables corresponden a gastos exclusivos de
la misma.
— Que los gastos y pagos efectuados responden a la naturaleza y finalidad para la que
se otorgaron los fondos europeos.
— Que la declaración de estos gastos es exacta y se ha efectuado a partir de sistemas
de contabilidad basados en justificantes comprobables.
— Que la documentación original acreditativa del gasto realizado y efectivamente pagado se encuentra en las dependencias de dicha entidad, a disposición de las comprobaciones que procedan e identificando al responsable de su custodia.