Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2025060175)
Resolución de 16 de enero de 2025, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula valoración ambiental sobre la modificación del proyecto de transformación a riego por goteo de olivar en la finca "La Budiona", cuya promotora es Alcurrucén Ganadería Brava, SL. Expte.: IA24/0152.
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NÚMERO 18
Martes 28 de enero de 2025

5697

A continuación, se resume el contenido principal de los informes recibidos:
1. C
 on fecha 27 de junio de 2024 se emite informe por parte del Servicio de Conservación
de la Naturaleza y Áreas Protegidas de la Dirección General de Sostenibilidad en el que se
informa lo siguiente:
Que la actividad solicitada se encuentra incluida dentro la Red de Áreas Protegidas de Extremadura, Espacios de la Red Natura 2000, cuyos Instrumentos de Gestión de aplicación
son el Plan Director de Red Natura 2000 (anexo II del Decreto 110/2015, de 19 de mayo,
por el que se regula la Red Ecológica Europea Natura 2000 en Extremadura), y los Planes
de Gestión (anexo V) correspondiente al Plan de Gestión de la ZEPA “Llanos de Zorita y Embalse de Sierra Brava”. Que según la zonificación establecida en su Plan de Gestión, las actuaciones se proyectan en la Zona de Alto Interés (ZAI03) “Zorita-Madrigalejo”, una amplia
superficie incluida en esta categoría de zonificación por el elemento clave aves esteparias.
Respecto de sus valores naturales, reconocidos en los Planes de Gestión de los espacios Natura 2000 y/o en la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad, están los de contener una Comunidad de aves esteparias, entre las que destacan
la Avutarda (Otis tarda), catalogada como Sensible a la alteración de su hábitat; el sisón
(Tetrax tetrax), catalogada como en Peligro de Extinción; las colonias de cernícalo primilla
(Falco naumanni) catalogada como Sensible a la alteración de su hábitat, a menos de 500
m y que utilizan las parcelas de estudio como zona de alimentación; hay nidificación de carraca (Coracias garrulus), Catalogada como Sensible a la alteración de su hábitat, a menos
de 500 m, utilizando las parcelas de estudio como zona de alimentación,; y la nidificación
de varias parejas de aguilucho cenizo (Circus pygargus), en parcelas cercanas (menos de
500m), y que utilizan las parcelas de estudio como zona de alimentación.
Dentro del análisis y valoración ambiental de la actividad, se indica que la superficie solicitada ya cuenta con un informe de afección a la Red Natura 2000 y a la Biodiversidad
(CN 18/2582) dentro del expediente de Evaluación de Impacto Ambiental con número
IA18/628. En este expediente, donde se solicitaba la puesta en riego de toda la superficie
con un cultivo de olivar en superintensivo, se informó favorablemente la actividad con una
serie de medidas que se debían cumplir.
El cambio de cultivo, del olivar propuesto en un inicio, a una explotación mixta de olivar y
almendros, no supone un cambio importante en cuanto a la afección a la Red Natura y a
la biodiversidad presente en la zona, por lo que se mantendrá lo expuesto en el informe
antes referido con las medidas propuestas para compatibilizar la actividad con la actividad
propuesta.