Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Autorización Ambiental. (2023060820)
Resolución de 3 de marzo de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada al proyecto de explotación porcina en régimen extensivo, solicitado por Óscar Carretero Nieto en el término municipal de Feria.
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NÚMERO 50
Martes 14 de marzo de 2023
15785
• El estiércol deberá mezclarse con paja u otras sustancias que absorban la humedad.
— Almacenamiento del purín.
• Para reducir las emisiones de amoniaco a la atmósfera durante el almacenamiento
exterior del purín, así como las emisiones de gases de efecto invernadero, deberán
adoptar técnicas que reduzcan, al menos, un 80% las emisiones de amoniaco con
respecto a la técnica de referencia (fosas abiertas y sin costra natural).
• Las fosas/balsas deberán vaciarse al menos una vez al mes.
• Si la fosa/balsa no está cubierta deberá propiciarse la creación de costra natural y
añadir paja a la superficie para reducir las emisiones.
• Se limitará al máximo la agitación del purín.
- d - Emisiones contaminantes al suelo y a las aguas subterráneas
1. E
l ganado porcino estará en todo momento en las naves de secuestro y cercas autorizadas.
Las instalaciones de la explotación porcina se ubican en el término municipal de Feria (Badajoz), concretamente en las parcelas 3, 233 y 242 del polígono 8, y parcelas 74, 75 y 77
del polígono 10, ocupando una superficie total de 223,8275 hectáreas. Las instalaciones se
ubicarán en la parcela 3.
2. S
e realizará un aprovechamiento extensivo de los recursos en que se divide el conjunto de
la finca, debido a condicionantes de conservación medio ambiental del hábitat, la ratio de
extensivo que se llevará a cabo será de lotes de animales que en ningún momento superen
la densidad de 0,6 UGM/ha.
3. N
o se permitirá la construcción o formación de balsas o fosas para la recogida de aguas de
limpieza, deyecciones o cualquier otra agua residual procedentes de las naves de secuestro, distintas de las descritas en el apartado a.2).
4. Q
uincenalmente se procederá a la retirada de deyecciones y limpieza de suelos, comederos
y bebederos. No obstante, al final de cada ciclo se realizarán vaciados sanitarios de las
instalaciones que albergan los animales.
5. L
os vestuarios del personal de la explotación se ubicarán antes de la zona de producción,
con una separación clara entre la zona sucia y la zona limpia. Deberán contar con medios
suficientes para el lavado de las manos, así como váter, ducha o equivalente. Deberán
disponer de un sistema de saneamiento independiente, para las aguas generadas en los
mismos, que terminará en una fosa estanca e impermeable, con capacidad suficiente.
Martes 14 de marzo de 2023
15785
• El estiércol deberá mezclarse con paja u otras sustancias que absorban la humedad.
— Almacenamiento del purín.
• Para reducir las emisiones de amoniaco a la atmósfera durante el almacenamiento
exterior del purín, así como las emisiones de gases de efecto invernadero, deberán
adoptar técnicas que reduzcan, al menos, un 80% las emisiones de amoniaco con
respecto a la técnica de referencia (fosas abiertas y sin costra natural).
• Las fosas/balsas deberán vaciarse al menos una vez al mes.
• Si la fosa/balsa no está cubierta deberá propiciarse la creación de costra natural y
añadir paja a la superficie para reducir las emisiones.
• Se limitará al máximo la agitación del purín.
- d - Emisiones contaminantes al suelo y a las aguas subterráneas
1. E
l ganado porcino estará en todo momento en las naves de secuestro y cercas autorizadas.
Las instalaciones de la explotación porcina se ubican en el término municipal de Feria (Badajoz), concretamente en las parcelas 3, 233 y 242 del polígono 8, y parcelas 74, 75 y 77
del polígono 10, ocupando una superficie total de 223,8275 hectáreas. Las instalaciones se
ubicarán en la parcela 3.
2. S
e realizará un aprovechamiento extensivo de los recursos en que se divide el conjunto de
la finca, debido a condicionantes de conservación medio ambiental del hábitat, la ratio de
extensivo que se llevará a cabo será de lotes de animales que en ningún momento superen
la densidad de 0,6 UGM/ha.
3. N
o se permitirá la construcción o formación de balsas o fosas para la recogida de aguas de
limpieza, deyecciones o cualquier otra agua residual procedentes de las naves de secuestro, distintas de las descritas en el apartado a.2).
4. Q
uincenalmente se procederá a la retirada de deyecciones y limpieza de suelos, comederos
y bebederos. No obstante, al final de cada ciclo se realizarán vaciados sanitarios de las
instalaciones que albergan los animales.
5. L
os vestuarios del personal de la explotación se ubicarán antes de la zona de producción,
con una separación clara entre la zona sucia y la zona limpia. Deberán contar con medios
suficientes para el lavado de las manos, así como váter, ducha o equivalente. Deberán
disponer de un sistema de saneamiento independiente, para las aguas generadas en los
mismos, que terminará en una fosa estanca e impermeable, con capacidad suficiente.