Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Parque Nacional De Monfragüe. Subvenciones. (2023040018)
Decreto 171/2022, de 30 de diciembre, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones para actuaciones en el área de influencia socioeconómica del Parque Nacional de Monfragüe en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia financiado por la UE Next Generation EU y se aprueba la única convocatoria.
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NÚMERO 49
Lunes 13 de marzo de 2023
15162
obligaciones tributarias del Estado, salvo que el solicitante autorice expresamente
a que el órgano instructor consulte esta información cumplimentando el apartado
correspondiente del modelo de solicitud que figura como anexo I.
5º. A
creditación de estar al corriente de las obligaciones con la Seguridad Social y con
la Hacienda Autonómica, salvo que el solicitante autorice expresamente a que el
órgano instructor consulte esta información cumplimentando el apartado correspondiente del modelo de solicitud que figura como anexo I.
6º. D
eclaración responsable indicando que el solicitante no se encuentra incurso en las
prohibiciones para obtener la condición de beneficiario de la subvención, a tenor del
artículo 12 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad
Autónoma de Extremadura. Ésta se formalizará en el apartado 6 del anexo I.
7º. D
eclaración responsable de la no percepción de subvenciones, ayudas, ingresos o
recursos para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera administraciones o
entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales. Ésta se formalizará en el anexo VI.C.
8º. D
eclaración responsable de cesión y tratamiento de datos en relación con la ejecución de actuaciones del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. Ésta se
formalizará en el anexo VI.B.
9º. D
eclaración responsable de compromiso de cumplimiento de los principios trasversales del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. Ésta se formalizará en
el anexo VI.C.
10º. D
eclaración responsable de adecuación al principio de “no causar perjuicio significativo” (principio “do no significant harm–DNSH”), en el sentido establecido en el
artículo 2.6 del Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo
de 12 de febrero de 2021. Ésta se formalizará en el anexo VI, modelo C.
11º. C
oncesión, en el caso de resultar beneficiario de la ayuda, de los derechos y accesos necesarios para garantizar que la Comisión, la OLAF, el Tribunal de Cuentas
Europeo, la Fiscalía Europea y las autoridades nacionales competentes ejerzan sus
competencias, conforme lo establecido en la letra e) del apartado 2 del artículo 22
del RMRR y el artículo 129 del Reglamento Financiero (Reglamento (UE, Euratom)
2018/1046 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de julio de 2018). Esta
autorización se otorgará con la mera presentación de la solicitud de ayuda conforme lo previsto en su apartado 10.
Lunes 13 de marzo de 2023
15162
obligaciones tributarias del Estado, salvo que el solicitante autorice expresamente
a que el órgano instructor consulte esta información cumplimentando el apartado
correspondiente del modelo de solicitud que figura como anexo I.
5º. A
creditación de estar al corriente de las obligaciones con la Seguridad Social y con
la Hacienda Autonómica, salvo que el solicitante autorice expresamente a que el
órgano instructor consulte esta información cumplimentando el apartado correspondiente del modelo de solicitud que figura como anexo I.
6º. D
eclaración responsable indicando que el solicitante no se encuentra incurso en las
prohibiciones para obtener la condición de beneficiario de la subvención, a tenor del
artículo 12 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad
Autónoma de Extremadura. Ésta se formalizará en el apartado 6 del anexo I.
7º. D
eclaración responsable de la no percepción de subvenciones, ayudas, ingresos o
recursos para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera administraciones o
entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales. Ésta se formalizará en el anexo VI.C.
8º. D
eclaración responsable de cesión y tratamiento de datos en relación con la ejecución de actuaciones del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. Ésta se
formalizará en el anexo VI.B.
9º. D
eclaración responsable de compromiso de cumplimiento de los principios trasversales del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. Ésta se formalizará en
el anexo VI.C.
10º. D
eclaración responsable de adecuación al principio de “no causar perjuicio significativo” (principio “do no significant harm–DNSH”), en el sentido establecido en el
artículo 2.6 del Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo
de 12 de febrero de 2021. Ésta se formalizará en el anexo VI, modelo C.
11º. C
oncesión, en el caso de resultar beneficiario de la ayuda, de los derechos y accesos necesarios para garantizar que la Comisión, la OLAF, el Tribunal de Cuentas
Europeo, la Fiscalía Europea y las autoridades nacionales competentes ejerzan sus
competencias, conforme lo establecido en la letra e) del apartado 2 del artículo 22
del RMRR y el artículo 129 del Reglamento Financiero (Reglamento (UE, Euratom)
2018/1046 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de julio de 2018). Esta
autorización se otorgará con la mera presentación de la solicitud de ayuda conforme lo previsto en su apartado 10.