Consejería De Educación Y Empleo. Educación. Premios. (2022060989)
Resolución de 28 de marzo de 2022, de la Secretaría General de Educación, por la que se convocan los premios "Tomás García Verdejo" a las buenas prácticas educativas en la Comunidad Autónoma de Extremadura para el curso académico 2021/2022.
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NÚMERO 74
Martes, 19 de abril de 2022

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2. Los trabajos que ya hayan sido premiados en cualquier otra convocatoria, sea pública o
privada, no podrán ser presentados para participar en esta.
Quinto. Modalidades de los premios y cuantía.
1. Se establecen las siguientes modalidades de premios, regidos por el principio de concurrencia competitiva y siempre dentro del crédito disponible:


a) Modalidad A:

Cinco premios, de 3.000 euros cada uno de ellos, para centros educativos que imparten enseñanzas de Educación Infantil, Educación Primaria y Educación Especial,
de los cuales cuatro serán para centros públicos y uno para centros concertados.


b) Modalidad B:

Cinco premios, de 3.000 euros cada uno de ellos, para centros educativos que imparten enseñanzas de Educación Secundaria Obligatoria, Bachillerato, Formación
Profesional, Educación de Personas Adultas y Enseñanzas de Régimen Especial, de
los cuales cuatro serán para centros públicos y uno para centros concertados.
2. La valoración de propuestas y adjudicación de los premios se efectuará de forma independiente para centros públicos y para centros privados concertados. En ambos casos se
aplicarán los mismos criterios de valoración, establecidos en el resuelvo 8 de la presente
resolución.
3. El importe de cada premio deberá destinarse al fomento y desarrollo de actuaciones educativas, según establezca el Consejo Escolar del Centro.
4. Si resultase premiado un proyecto o práctica educativa realizada conjuntamente por dos o
más centros, su importe se repartirá a partes iguales entre ellos.
5. A propuesta del órgano de valoración de las solicitudes, se podrán conceder menciones
honoríficas para aquellos centros que, no habiendo obtenido premio, hubieran destacado
con su trabajo en la valoración realizada.
6. Si, por cualquier razón, en alguna de las modalidades no se otorgasen todos los premios
posibles, el órgano de valoración de las solicitudes podrá proponer que los que no hayan
sido concedidos en una modalidad se transformen en premios de la otra modalidad.
7. L
 os premios podrán declararse desiertos.