Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2022061135)
Resolución de 11 de abril de 2022, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio por el que se formaliza una transferencia específica de carácter anual a favor de la empresa pública Extremadura Avante Servicios Avanzados a Pymes, SLU, para la ejecución del Programa de Acompañamiento de las Denominaciones de Origen e Indicaciones Geográficas Protegidas.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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NÚMERO 74
Martes, 19 de abril de 2022
18028
cidos al efecto. Se acompañara por todos aquellos soportes documentales que hayan sido
producidos.
La memoria técnica deberá presentarse antes del 28 de febrero de 2023.
2. Formalidades que debe cumplir la documentación justificativa.
2.1. Formas de pago:
Los pagos pueden ser acreditados mediante, al menos, una de las formas que se indican a
continuación:
• Adeudo bancario nominativo que refleje el importe del documento de gasto.
• Transferencia bancaria nominativa con validación mecánica que refleje el importe del
documento de gasto.
• Certificado del banco firmado y sellado, en el que se detalle que dicha factura ha sido
efectivamente pagada.
• Cheque bancario nominativo acompañándose de su correspondiente extracto bancario. El importe reflejado en el documento bancario deberá coincidir con el importe
indicado en el documento de gasto.
• Extracto bancario nominativo (telefónica, etc.) reflejando el importe del documento
de gasto.
• Pago nominativo realizado por Internet donde se indique que el pago ha sido realizado, sellado por la autoridad bancaria. El importe reflejado en el documento bancario
deberá coincidir con el importe indicado en el documento de gasto.
• Para documentos de gasto con importe inferior a 600 €, y siempre que estén referidos
a la compra de pequeño material fungible, gastos de bolsillo, etc., recibí del proveedor en el que se indique que dicho documento de gasto (factura, ticket, etc) ha sido
efectivamente pagado o bien, cualquier otro medio probatorio del pago.
En el caso de que el importe reflejado en el documento bancario no coincida con el importe del documento de gasto (pago agrupado), se deberá remitir un desglose de los pagos
efectuados donde pueda identificarse el documento de gasto en cuestión. Dicho desglose
deberá estar sellado por el banco (la suma del desglose bancario deberá coincidir con el
importe reflejado en el pago agrupado).
Martes, 19 de abril de 2022
18028
cidos al efecto. Se acompañara por todos aquellos soportes documentales que hayan sido
producidos.
La memoria técnica deberá presentarse antes del 28 de febrero de 2023.
2. Formalidades que debe cumplir la documentación justificativa.
2.1. Formas de pago:
Los pagos pueden ser acreditados mediante, al menos, una de las formas que se indican a
continuación:
• Adeudo bancario nominativo que refleje el importe del documento de gasto.
• Transferencia bancaria nominativa con validación mecánica que refleje el importe del
documento de gasto.
• Certificado del banco firmado y sellado, en el que se detalle que dicha factura ha sido
efectivamente pagada.
• Cheque bancario nominativo acompañándose de su correspondiente extracto bancario. El importe reflejado en el documento bancario deberá coincidir con el importe
indicado en el documento de gasto.
• Extracto bancario nominativo (telefónica, etc.) reflejando el importe del documento
de gasto.
• Pago nominativo realizado por Internet donde se indique que el pago ha sido realizado, sellado por la autoridad bancaria. El importe reflejado en el documento bancario
deberá coincidir con el importe indicado en el documento de gasto.
• Para documentos de gasto con importe inferior a 600 €, y siempre que estén referidos
a la compra de pequeño material fungible, gastos de bolsillo, etc., recibí del proveedor en el que se indique que dicho documento de gasto (factura, ticket, etc) ha sido
efectivamente pagado o bien, cualquier otro medio probatorio del pago.
En el caso de que el importe reflejado en el documento bancario no coincida con el importe del documento de gasto (pago agrupado), se deberá remitir un desglose de los pagos
efectuados donde pueda identificarse el documento de gasto en cuestión. Dicho desglose
deberá estar sellado por el banco (la suma del desglose bancario deberá coincidir con el
importe reflejado en el pago agrupado).