Consejería De Cultura, Turismo Y Deportes. Fondos Bibliográficos. Subvenciones. (2022040052)
Decreto 30/2022, de 23 de marzo, por el que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones destinadas a la adquisición de fondos bibliográficos para las bibliotecas y agencias de lectura públicas municipales de la Comunidad Autónoma de Extremadura, y se aprueba la única convocatoria en el marco del Plan Nacional de Recuperación, Transformación y Resiliencia - Financiado por la Unión Europea - NextGeneration EU.
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NÚMERO 74

17989

Martes, 19 de abril de 2022

ANEXO II
B. MODELO DE DECLARACIÓN DE CESIÓN Y TRATAMIENTO DE DATOS EN
RELACIÓN CON LA EJECUCIÓN DE ACTUACIONES DEL PLAN DE RECUPERACIÓN,
TRANSFORMACIÓN Y RESILIENCIA (PRTR)
Don/Doña ………………………………………………………………………., DNI …………………….., como representante legal de la entidad ………………………………………………………………………….., con NIF
…………………………., y domicilio fiscal en ……………………………………………………………………………………..
beneficiaria de ayudas financiadas con recursos provenientes del PRTR, en el desarrollo de
actuaciones necesarias para la consecución de los objetivos definidos en el Componente 24
“Revalorización de la industria cultural”, I2 “Dinamización de la cultura a lo largo del territorio”, C24.I2.P4 “Dotación de bibliotecas”, declara conocer la normativa que es de aplicación,
en particular las siguientes apartados del artículo 22, del Reglamento (UE) 2021/241 del
Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia:
— La letra d) del apartado 2: “recabar, a efectos de auditoría y control del uso de fondos en
relación con las medidas destinadas a la ejecución de reformas y proyectos de inversión
en el marco del plan de recuperación y resiliencia, en un formato electrónico que permita
realizar búsquedas y en una base de datos única, las categorías armonizadas de datos
siguientes:
i) el nombre del perceptor final de los fondos;
ii) el nombre del contratista y del subcontratista, cuando el perceptor final de los fondos
sea un poder adjudicador de conformidad con el Derecho de la Unión o nacional en materia de contratación pública;
iii) los nombres, apellidos y fechas de nacimiento de los titulares reales del perceptor de
los fondos o del contratista, según se define en el artículo 3, punto 6, de la Directiva
(UE) 2015/849 del Parlamento Europeo y del Consejo (26);
iv) una lista de medidas para la ejecución de reformas y proyectos de inversión en el marco del plan de recuperación y resiliencia, junto con el importe total de la financiación
pública de dichas medidas y que indique la cuantía de los fondos desembolsados en el
marco del Mecanismo y de otros fondos de la Unión”;