Consejería De Cultura, Turismo Y Deportes. Fondos Bibliográficos. Subvenciones. (2022040052)
Decreto 30/2022, de 23 de marzo, por el que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones destinadas a la adquisición de fondos bibliográficos para las bibliotecas y agencias de lectura públicas municipales de la Comunidad Autónoma de Extremadura, y se aprueba la única convocatoria en el marco del Plan Nacional de Recuperación, Transformación y Resiliencia - Financiado por la Unión Europea - NextGeneration EU.
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NÚMERO 74
Martes, 19 de abril de 2022
17984
2. Que esta entidad dispone de biblioteca municipal o agencia de lectura y tiene interés en
la participación en esta convocatoria, declarando sometimiento expreso a las bases que
regulan la misma.
3. Que el centro/s bibliotecario/s para el/los que se solicita la ayuda es/son:
4. Que, de conformidad con el artículo 6 de las bases de estas ayudas, se acompañan a la
presente solicitud los siguientes documentos:
—……
—……
—……
DECLARACIÓN RESPONSABLE
El solicitante DECLARA bajo su responsabilidad:
- Que no se encuentra incurso en ninguna de las circunstancias recogidas en el apartado 2 del
artículo 12 de Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de
Extremadura, que impiden obtener la condición de beneficiario.
— Que se encuentra al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias con la
Hacienda del Estado, con la Seguridad Social, y que no tiene deudas con la Hacienda
autonómica.
— Que son ciertos y completos todos los datos de la presente solicitud, así como toda la
documentación que se acompaña.
— Que el centro bibliotecario para el que se solicita la ayuda se encuentra abierto al público
y funcionando con regularidad.
AUTORIZACIONES / OPOSICIONES:
A efectos de proceder al pago de la ayuda, el órgano gestor podrá recabar de oficio los certificados o información a emitir por la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la Consejería competente en materia de Hacienda y por la Tesorería General de la Seguridad Social,
respecto al cumplimiento de sus obligaciones con dichas administraciones.
El solicitante, marcando una de las casillas siguientes, debe autorizar o denegar la autorización para la consulta del dato de estar al corriente con la Agencia Estatal de Administración
Martes, 19 de abril de 2022
17984
2. Que esta entidad dispone de biblioteca municipal o agencia de lectura y tiene interés en
la participación en esta convocatoria, declarando sometimiento expreso a las bases que
regulan la misma.
3. Que el centro/s bibliotecario/s para el/los que se solicita la ayuda es/son:
4. Que, de conformidad con el artículo 6 de las bases de estas ayudas, se acompañan a la
presente solicitud los siguientes documentos:
—……
—……
—……
DECLARACIÓN RESPONSABLE
El solicitante DECLARA bajo su responsabilidad:
- Que no se encuentra incurso en ninguna de las circunstancias recogidas en el apartado 2 del
artículo 12 de Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de
Extremadura, que impiden obtener la condición de beneficiario.
— Que se encuentra al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias con la
Hacienda del Estado, con la Seguridad Social, y que no tiene deudas con la Hacienda
autonómica.
— Que son ciertos y completos todos los datos de la presente solicitud, así como toda la
documentación que se acompaña.
— Que el centro bibliotecario para el que se solicita la ayuda se encuentra abierto al público
y funcionando con regularidad.
AUTORIZACIONES / OPOSICIONES:
A efectos de proceder al pago de la ayuda, el órgano gestor podrá recabar de oficio los certificados o información a emitir por la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la Consejería competente en materia de Hacienda y por la Tesorería General de la Seguridad Social,
respecto al cumplimiento de sus obligaciones con dichas administraciones.
El solicitante, marcando una de las casillas siguientes, debe autorizar o denegar la autorización para la consulta del dato de estar al corriente con la Agencia Estatal de Administración