Universidad De Extremadura. Personal Laboral. (2022061071)
Resolución de 18 de marzo de 2022, del Rector, por la que se convoca concurso público para cubrir varias plazas de personal docente e investigador contratado en régimen laboral.
100 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 72
Miércoles, 13 de abril de 2022

17618

6. S
 i la solicitud presentara defectos de los catalogados como subsanables por el artículo 68
de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, el órgano de selección requerirá al interesado para que los subsane
en el plazo de diez días. En ningún caso tendrá el carácter de subsanable la falta de presentación de los documentos justificativos de los méritos alegados, o que supongan alteración
de los inicialmente indicados.
7. E
 l Rector de la Universidad de Extremadura, por él mismo, o a propuesta del presidente de
la comisión, deberá dar cuenta a los órganos competentes de las inexactitudes o falsedades en que hubieran podido incurrir los aspirantes, a los efectos procedentes.
COMISIÓN DE SELECCIÓN
Décima.
Los concursos serán juzgados de acuerdo con el baremo que figura como anexo IV a esta
convocatoria.
Undécima.
1. L
 os concursos serán resueltos por la comisión de selección que figura en el anexo III de
esta convocatoria, designada conforme a lo previsto en los artículos 10 y 11 de la Normativa para la contratación de Profesorado de la Universidad de Extremadura recogida en
el II Convenio Colectivo del personal docente e investigador laboral de la Universidad de
Extremadura.
2. L
 as actuaciones de la comisión se acomodarán, en todo lo no previsto de forma explícita
en la normativa para la contratación de Profesorado, a las disposiciones contenidas para
los órganos colegiados en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector
Público.
3. L
 a convocatoria para la constitución del órgano de selección se llevará a cabo desde el
Vicerrectorado de Profesorado, notificándose a las y los miembros titulares y suplentes
con una antelación mínima de cuarenta y ocho horas a la fecha prevista para la sesión. La
asistencia a la constitución de la comisión de selección será de carácter obligatorio para
todas las personas convocadas.
La convocatoria precisará la fecha, hora y lugar donde se producirá, y se hará pública en
la web del vicerrectorado correspondiente. Si todos los vocales titulares de la comisión
estuvieran presentes en el acto de constitución, procederá la ausencia de los vocales suplentes. En otro caso, la comisión se constituirá con los vocales titulares presentes y los
correspondientes suplentes.