Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Gas. (2022080450)
Anuncio de 6 de abril de 2022 por el que se hace pública la información relativa a la solicitud de adjudicación de zona de distribución de GLP canalizado en el término municipal. de Talavera la Real (Badajoz). Expte.: GNC 73/1267/22.
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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NÚMERO 72
17793
Miércoles, 13 de abril de 2022
COORDENADAS DE LA ZONA DE DISTRIBUCIÓN
REFERENCIA UTM EN HUSO 29 ETRS 89
COORDENADAS
COORDENADAS
43
693.622
4.305.467
75
693.041
4.305.542
44
693.587
4.305.480
76
693.021
4.305.573
45
693.525
4.305.509
77
693.012
4.305.607
46
693.488
4.305.513
78
692.981
4.305.603
47
693.455
4.305.527
79
692.943
4.305.608
48
693.427
4.305.550
80
692.910
4.305.624
49
693.385
4.305.598
81
692.882
4.305.650
50
693.367
4.305.614
82
692.854
4.305.688
51
693.369
4.305.584
83
692.830
4.305.721
52
693.392
4.305.535
84
692.862
4.305.757
53
693.400
4.305.500
85
693.247
4.305.757
54
693.401
4.305.457
86
693.248
4.305.846
55
693.403
4.305.419
87
692.955
4.305.859
56
693.392
4.305.383
Durante el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de publicación de este Anuncio, las empresas distribuidoras de GLP que estén interesadas, podrán presentar solicitudes
en concurrencia, cuyo contenido deberá ajustarse a lo establecido en los artículos 9 y 10 del
Decreto 183/2014, de 26 de agosto.
Para la determinación de la línea perimetral que defina la zona de distribución, deberán tomarse como referencia los criterios recogidos en la Instrucción 2/2014, de la Dirección General de Industria y Energía, e Instrucción Complementaria 1/2017, de la Dirección General
de Industria, Energía y Minas sobre la interpretación de zona de distribución autorizada y su
delimitación según el artículo 3.2. del Decreto 183/2014, de 26 de agosto, sobre procedimientos de autorización de instalaciones para el suministro de gases combustibles por canalización
en la Comunidad Autónoma de Extremadura (DOE n.º 246, de 23/12/2014).
17793
Miércoles, 13 de abril de 2022
COORDENADAS DE LA ZONA DE DISTRIBUCIÓN
REFERENCIA UTM EN HUSO 29 ETRS 89
COORDENADAS
COORDENADAS
43
693.622
4.305.467
75
693.041
4.305.542
44
693.587
4.305.480
76
693.021
4.305.573
45
693.525
4.305.509
77
693.012
4.305.607
46
693.488
4.305.513
78
692.981
4.305.603
47
693.455
4.305.527
79
692.943
4.305.608
48
693.427
4.305.550
80
692.910
4.305.624
49
693.385
4.305.598
81
692.882
4.305.650
50
693.367
4.305.614
82
692.854
4.305.688
51
693.369
4.305.584
83
692.830
4.305.721
52
693.392
4.305.535
84
692.862
4.305.757
53
693.400
4.305.500
85
693.247
4.305.757
54
693.401
4.305.457
86
693.248
4.305.846
55
693.403
4.305.419
87
692.955
4.305.859
56
693.392
4.305.383
Durante el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de publicación de este Anuncio, las empresas distribuidoras de GLP que estén interesadas, podrán presentar solicitudes
en concurrencia, cuyo contenido deberá ajustarse a lo establecido en los artículos 9 y 10 del
Decreto 183/2014, de 26 de agosto.
Para la determinación de la línea perimetral que defina la zona de distribución, deberán tomarse como referencia los criterios recogidos en la Instrucción 2/2014, de la Dirección General de Industria y Energía, e Instrucción Complementaria 1/2017, de la Dirección General
de Industria, Energía y Minas sobre la interpretación de zona de distribución autorizada y su
delimitación según el artículo 3.2. del Decreto 183/2014, de 26 de agosto, sobre procedimientos de autorización de instalaciones para el suministro de gases combustibles por canalización
en la Comunidad Autónoma de Extremadura (DOE n.º 246, de 23/12/2014).