Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Elecciones. Organizaciones Agrarias. (2022061098)
Resolución de 7 de abril de 2022, de la Dirección del Censo, por la que se resuelven las reclamaciones interpuestas por personas físicas contra el censo electoral agrario definitivo para la celebración del procedimiento electoral para la determinación de la representatividad de las organizaciones profesionales agrarias en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 70

17045

Lunes, 11 de abril de 2022

Segundo. Desestimar, por las causas que en cada caso se indican, las reclamaciones presentadas por las personas físicas que se relacionan en el anexo II de esta resolución y que, por
lo tanto, han quedado excluidas del censo definitivo de electores del procedimiento electoral
para la determinación de la representatividad de las organizaciones agrarias en la Comunidad
Autónoma de Extremadura.
Tercero. Inadmitir, por las causas que en cada caso se indican, las reclamaciones presentadas por las personas físicas que se relacionan en el anexo III de esta resolución y que, por
lo tanto, han quedado excluidas del censo definitivo de electores del procedimiento electoral
para la determinación de la representatividad de las organizaciones agrarias en la Comunidad
Autónoma de Extremadura.
Contra la presente resolución, que no agota la vía administrativa, cabe interponer recurso
ante la Consejera de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio en el plazo de tres
días naturales computados desde el día siguiente al de esta publicación en el Diario Oficial de
Extremadura, de conformidad con lo dispuesto en el citado artículo 309.8.
Los recursos se presentarán en el Registro General de la Consejería de Agricultura, Desarrollo
Rural, Población y Territorio o en los lugares previstos en el artículo 7 del Decreto 257/2009,
de 18 de diciembre, por el que se implanta un Sistema de Registro único y se regulan las
funciones administrativas del mismo en el ámbito de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura o en los establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Mérida, 7 de abril de 2022.
La Directora del Censo,
MARÍA CURIEL MUÑOZ