Universidad De Extremadura. Pruebas Selectivas. (2022060136)
Resolución de 17 de enero de 2022, de la Gerencia, por la que se convocan pruebas selectivas de promoción interna para ingreso en la Escala de Técnicos Ayudantes de Servicios (Actividad Física y Deportiva), mediante el sistema de concurso-oposición.
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NÚMERO 15
Lunes, 24 de enero de 2022
3955
Igualmente, y cuando así lo aconsejen las circunstancias del proceso selectivo, podrá
ser designado personal colaborador para el desarrollo de las pruebas que actuará bajo la
dirección del Tribunal calificador.
5.9. E
l Tribunal calificador adoptará las medidas precisas en aquellos casos en que resulte
necesario, de forma que los aspirantes con discapacidad gocen de similares condiciones
para la realización de los ejercicios que el resto de los demás participantes. En este
sentido se establecerán, para las personas con discapacidad que lo soliciten en la forma
prevista en la base 3.5, las adaptaciones posibles en tiempo y medios para su realización.
5.10. El Presidente del Tribunal adoptará las medidas oportunas para garantizar que los ejercicios de la fase de oposición que sean escritos y no deban ser leídos ante el Tribunal,
sean corregidos sin que se conozca la identidad de los aspirantes.
5.11. A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en el
Rectorado de la Universidad de Extremadura, Área de Recursos Humanos (Plaza de
los Caldereros núm. 1, 10003 Cáceres, teléfono 927 257013). El Tribunal dispondrá en
esta sede, al menos una persona, miembro o no del Tribunal, para que atienda cuantas
cuestiones sean planteadas en relación con las pruebas selectivas.
5.12. El Tribunal que actúe en estas pruebas selectivas tendrá la categoría primera de las recogidas en la normativa reguladora de indemnizaciones por razón de servicio.
5.13. En ningún caso el Tribunal podrá aprobar ni declarar que han superado las pruebas
selectivas un número superior de aspirantes que el de plazas convocadas. Cualquier
propuesta de aprobados que contravenga lo establecido será nula de pleno derecho.
No obstante lo anterior, y con el fin de asegurar la cobertura de las plazas convocadas,
cuando se produzcan renuncias de los aspirantes seleccionados, antes de su nombramiento o toma de posesión, el órgano convocante podrá requerir del órgano de selección relación complementaria de los aspirantes que sigan a los propuestos, para su
posible nombramiento como funcionarios de carrera.
5.14. Contra las actuaciones y actos de trámite del Tribunal que impidan continuar el procedimiento o produzcan indefensión, los interesados podrán interponer recurso de alzada
ante el Rector de la Universidad de Extremadura en el plazo de un mes.
6. Procedimiento de selección.
6.1. El procedimiento de selección constará de una fase de concurso y una fase de oposición,
con las pruebas, puntuaciones y valoraciones que a continuación se especifican.
Lunes, 24 de enero de 2022
3955
Igualmente, y cuando así lo aconsejen las circunstancias del proceso selectivo, podrá
ser designado personal colaborador para el desarrollo de las pruebas que actuará bajo la
dirección del Tribunal calificador.
5.9. E
l Tribunal calificador adoptará las medidas precisas en aquellos casos en que resulte
necesario, de forma que los aspirantes con discapacidad gocen de similares condiciones
para la realización de los ejercicios que el resto de los demás participantes. En este
sentido se establecerán, para las personas con discapacidad que lo soliciten en la forma
prevista en la base 3.5, las adaptaciones posibles en tiempo y medios para su realización.
5.10. El Presidente del Tribunal adoptará las medidas oportunas para garantizar que los ejercicios de la fase de oposición que sean escritos y no deban ser leídos ante el Tribunal,
sean corregidos sin que se conozca la identidad de los aspirantes.
5.11. A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en el
Rectorado de la Universidad de Extremadura, Área de Recursos Humanos (Plaza de
los Caldereros núm. 1, 10003 Cáceres, teléfono 927 257013). El Tribunal dispondrá en
esta sede, al menos una persona, miembro o no del Tribunal, para que atienda cuantas
cuestiones sean planteadas en relación con las pruebas selectivas.
5.12. El Tribunal que actúe en estas pruebas selectivas tendrá la categoría primera de las recogidas en la normativa reguladora de indemnizaciones por razón de servicio.
5.13. En ningún caso el Tribunal podrá aprobar ni declarar que han superado las pruebas
selectivas un número superior de aspirantes que el de plazas convocadas. Cualquier
propuesta de aprobados que contravenga lo establecido será nula de pleno derecho.
No obstante lo anterior, y con el fin de asegurar la cobertura de las plazas convocadas,
cuando se produzcan renuncias de los aspirantes seleccionados, antes de su nombramiento o toma de posesión, el órgano convocante podrá requerir del órgano de selección relación complementaria de los aspirantes que sigan a los propuestos, para su
posible nombramiento como funcionarios de carrera.
5.14. Contra las actuaciones y actos de trámite del Tribunal que impidan continuar el procedimiento o produzcan indefensión, los interesados podrán interponer recurso de alzada
ante el Rector de la Universidad de Extremadura en el plazo de un mes.
6. Procedimiento de selección.
6.1. El procedimiento de selección constará de una fase de concurso y una fase de oposición,
con las pruebas, puntuaciones y valoraciones que a continuación se especifican.