Consejería De Educación Y Empleo. Convenios Colectivos. (2022060182)
Corrección de errores de la Resolución de 23 de diciembre de 2021, de la Dirección General de Trabajo, por la que se ordena la inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se dispone la publicación del Acta de fecha 15 de diciembre de 2020, en la que se acuerda el Calendario Laboral para 2021 del Convenio Colectivo "Construcción y obras públicas de la provincia de Badajoz".
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NÚMERO 15

4103

Lunes, 24 de enero de 2022

ACTA DE CONSTITUCIÓN DE LA COMISIÓN PARITARIA DEL
CONVENIO COLECTIVO PROVINCIAL DE CONSTRUCCIÓN Y OBRAS
PÚBLICAS DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Por FEDERACIÓN DE PROMOTORES Y CONSTRUCTORES DE Badajoz:
Joaquín Sánchez Chamorro XXX0798XX).
Por CC.OO de CYS EXTREMADURA:
Mateo Guerra Macías (XXX9824XX).
Jacinto Mellado García (XXX9976XX).
José Antonio Guerra Peláez (XXX7042XX).
Por UGT FICA EXTREMADURA:
Ana María Muñoz Núñez (XXX1150XX).
Paulino Guardado Mirón (XXX1070XX).
Juan José Pedrazo Mogollón (XXX6668XX).
En Mérida, y en la sede de la Fundación Laboral de la Construcción de Extremadura (FLC), sita
en Avenida reina Sofía, 10 06800 MÉRIDA (Badajoz), siendo las 16:00 horas del lunes 15 de
noviembre de 2021, se reúnen las personan al margen reseñadas en su calidad de miembros
de la Comisión Paritaria.
Las partes se reconocen capacidad y legitimidad suficiente para este acto.
El objeto de la reunión es la constitución de la comisión negociadora del convenio provincial
de la Construcción y Obras Públicas de Badajoz para el establecimiento del calendario laboral
2022.
Una vez constituida la comisión Paritaria, se da inicio a la reunión con la intervención de los
asistentes, expresando libremente las consideraciones que estiman oportunas y procedentes
y alcanzando los siguientes
ACUERDOS
Analizado el calendario de días festivos para el año 2022, se procede a hacer el cómputo
teniendo en cuenta que según el Convenio General del Sector, la jornada laboral, en cómputo
anual, queda establecida en 1.736 horas, divididas en 40 horas semanales de lunes a viernes,
salvo pacto en contrario entre empresa y la representación legal de los trabajadores/as.