Consejería De Igualdad Y Portavocía. Violencia De Género. Subvenciones. (2021063160)
Resolución de 20 de septiembre de 2021, de la Secretaría General, de concesión de una subvención directa sin convocatoria previa, a la Asociación de Mujeres Malvaluna para la realización del proyecto "40 años de feminismo y lucha contra las violencias machistas en Extremadura" en el marco del Pacto de Estado contra la violencia de género.
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NÚMERO 207
Miércoles, 27 de octubre de 2021
50745
Dicho personal no tendrán la condición de personal dependiente de la Junta de Extremadura,
ni en régimen laboral ni estatutario ni de ningún otro tipo, dependiendo orgánica de la entidad
objeto de la subvención, a quien corresponde el cumplimiento de las obligaciones laborales y
sociales que resulten de aplicación, conforme a la normativa vigente.
Quinto. Temporalización.
La ejecución de las actividades subvencionables con cargo a la presente subvención se extenderá desde el 1 de julio de 2021 hasta el 31 de diciembre de 2021.
Sexto. Financiación.
La cuantía de la subvención a la Asociación de Mujeres Malvaluna, con CIF G10124253,
asciende a 18.240,00 € (Dieciocho mil doscientos cuarenta euros). Este importe se
financiará, con cargo a la aplicación presupuestaria 170010000 G/253A/48900 TE25006001,
Proyecto de Gasto 20210034, Pacto de Estado contra la violencia de género, Expediente
SINCO/2021/0000003916.
Séptimo. Plazos, forma de pago de la subvención y forma de justificación.
1. E
l régimen de pago de la subvención concedida se realizará en un único abono y tendrá
el carácter de pago anticipado, sin necesidad de garantía alguna, de conformidad con lo
dispuesto en el informe favorable de fecha 16 de agosto de 2021 que a tal respecto emite
la Secretaría General de la Vicepresidencia Primera y Consejería de Hacienda y Administración Pública de la Junta de Extremadura y solicitado para dar cumplimiento a lo preceptuado en el artículo 21.1 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad
Autónoma de Extremadura, relativo a los pagos a cuenta o anticipados y exención de garantías, y según a lo establecido.
2. U
na vez dictada la resolución de concesión, se procederá al pago de la subvención por el
100% del importe previsto en el resuelvo sexto y se efectuará mediante transferencia a la
cuenta bancaria reconocida en el Subsistema de Terceros de la Junta de Extremadura, y
previa aceptación de la subvención y de acreditación del cumplimiento de la adopción de
las medidas de publicidad exigidas en el Decreto 50/2001, de 3 de abril, sobre medidas
adicionales de gestión de inversiones financiadas con ayudas de la Junta de Extremadura
y en el artículo 17.3 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad
Autónoma de Extremadura. Además, la entidad hará constar expresamente que el proyecto
se ha financiado con cargo a los créditos recibidos del Ministerio de Igualdad (Secretaría de
Estado de Igualdad), debiendo quedar de manera indubitada la financiación del Proyecto
por el Pacto de Estado contra la violencia de género y Consejería de Igualdad y Portavocía
de la Junta de Extremadura.
Miércoles, 27 de octubre de 2021
50745
Dicho personal no tendrán la condición de personal dependiente de la Junta de Extremadura,
ni en régimen laboral ni estatutario ni de ningún otro tipo, dependiendo orgánica de la entidad
objeto de la subvención, a quien corresponde el cumplimiento de las obligaciones laborales y
sociales que resulten de aplicación, conforme a la normativa vigente.
Quinto. Temporalización.
La ejecución de las actividades subvencionables con cargo a la presente subvención se extenderá desde el 1 de julio de 2021 hasta el 31 de diciembre de 2021.
Sexto. Financiación.
La cuantía de la subvención a la Asociación de Mujeres Malvaluna, con CIF G10124253,
asciende a 18.240,00 € (Dieciocho mil doscientos cuarenta euros). Este importe se
financiará, con cargo a la aplicación presupuestaria 170010000 G/253A/48900 TE25006001,
Proyecto de Gasto 20210034, Pacto de Estado contra la violencia de género, Expediente
SINCO/2021/0000003916.
Séptimo. Plazos, forma de pago de la subvención y forma de justificación.
1. E
l régimen de pago de la subvención concedida se realizará en un único abono y tendrá
el carácter de pago anticipado, sin necesidad de garantía alguna, de conformidad con lo
dispuesto en el informe favorable de fecha 16 de agosto de 2021 que a tal respecto emite
la Secretaría General de la Vicepresidencia Primera y Consejería de Hacienda y Administración Pública de la Junta de Extremadura y solicitado para dar cumplimiento a lo preceptuado en el artículo 21.1 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad
Autónoma de Extremadura, relativo a los pagos a cuenta o anticipados y exención de garantías, y según a lo establecido.
2. U
na vez dictada la resolución de concesión, se procederá al pago de la subvención por el
100% del importe previsto en el resuelvo sexto y se efectuará mediante transferencia a la
cuenta bancaria reconocida en el Subsistema de Terceros de la Junta de Extremadura, y
previa aceptación de la subvención y de acreditación del cumplimiento de la adopción de
las medidas de publicidad exigidas en el Decreto 50/2001, de 3 de abril, sobre medidas
adicionales de gestión de inversiones financiadas con ayudas de la Junta de Extremadura
y en el artículo 17.3 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad
Autónoma de Extremadura. Además, la entidad hará constar expresamente que el proyecto
se ha financiado con cargo a los créditos recibidos del Ministerio de Igualdad (Secretaría de
Estado de Igualdad), debiendo quedar de manera indubitada la financiación del Proyecto
por el Pacto de Estado contra la violencia de género y Consejería de Igualdad y Portavocía
de la Junta de Extremadura.