Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Autorización Ambiental. (2021063162)
Resolución de 15 de octubre de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada para centro de tipificación de terneros en régimen intensivo promovido por Unión de Ganaderos de las Torres, SC, en el término municipal de Valdefuentes.
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NÚMERO 207
Miércoles, 27 de octubre de 2021

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Dado el marcado carácter difuso de las emisiones de estos contaminantes y, por tanto, la
enorme dificultad existente en el control de las emisiones mediante valores límite de emisión,
deberán ser sustituidas por la aplicación de las mejores técnicas disponibles.
- d - Emisiones contaminantes al suelo y a las aguas subterráneas.
1. E
 l ganado vacuno, explotado en régimen intensivo, permanecerán en todo momento en la
nave de engorde y patios de ejercicio de la instalación, el estiércol mezclado con la cama
será gestionado conforme a lo establecido en el apartado - a - “Tratamiento y gestión del
estiércol”.
2. P
 ara el almacenamiento de las aguas de limpieza de la nave de engorde deberá construirse
sistemas estancos de almacenamiento. A estos efectos, la fosa/ balsa deberá:
— Ser impermeable y cerrada para evitar infiltraciones o vertidos que pudieran contaminar
las aguas subterráneas o superficiales.
— Estar conectada mediante una red de saneamiento adecuada al estercolero y las naves
de engorde.
— Contar con un volumen total mínimo de almacenamiento de capacidad suficiente.
La gestión de los residuos acumulados en estas fosas/balsas podrá realizarla un gestor
autorizado para la gestión de los residuos no peligrosos de código LER 20 03 04 o ser gestionadas conforme a lo establecido en el apartado - a - “Tratamiento y gestión del estiércol”
si no contienen restos de sustancias químicas.
3. P
 eriódicamente deberán vigilarse los niveles de la balsa/fosa para evitar que pudiera rebosar. La vigilancia deberá extremarse en los momentos de máximo caudal de vertido, como
puede ser durante las tareas de limpieza de las naves de engorde tras la salida de los animales para sacrificio y la retirada del estiércol y de la cama.
Después de la limpieza de las instalaciones, la balsa que recojan las aguas de limpieza de
las naves de engorde deberá vaciarse completamente, momento que se aprovechará para
el mantenimiento de estas infraestructuras, comprobando que se encuentran en condiciones óptimas, y reparando cualquier deficiencia en caso de una evaluación desfavorable.
4. No se permitirá la construcción de otras instalaciones para la recogida y almacenamiento
de aguas de limpieza, lixiviados o cualquier otra agua residual procedente de las instalaciones de la explotación, mientras éstas no cuenten con las mismas características establecidas para la fosa/balsa estanca indicadas en esta resolución.