Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Autorización Ambiental. (2021063162)
Resolución de 15 de octubre de 2021, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada para centro de tipificación de terneros en régimen intensivo promovido por Unión de Ganaderos de las Torres, SC, en el término municipal de Valdefuentes.
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NÚMERO 207
Miércoles, 27 de octubre de 2021

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CONSEJERÍA PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y SOSTENIBILIDAD

RESOLUCIÓN de 15 de octubre de 2021, de la Dirección General de
Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada para
centro de tipificación de terneros en régimen intensivo promovido por Unión
de Ganaderos de las Torres, SC, en el término municipal de Valdefuentes.
(2021063162)

ANTECEDENTES DE HECHO:
Primero. Con fecha 6 de octubre de 2020 tiene entrada en el Registro Único de la Junta de
Extremadura, la solicitud de Autorización Ambiental Unificada (AAU), para cebadero de terneros en régimen intensivo ubicado en el término municipal Valdefuentes (Cáceres) y promovida
Unión de Ganaderos de las Torres, SC con CIF XXXXX2442.
Segundo. El proyecto consiste en la ampliación de un centro de tipificación de terneros en
régimen intensivo con una capacidad para 599 plazas de cebo, realizando 1,5 cebas al año.
Esta actividad está incluida en el ámbito de aplicación de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de
protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura. En particular en la categoría 1.3.b. del anexo II.
La instalación se ubicará en la parcela 30 del polígono 17 del término municipal de Valdefuentes (Cáceres).
Tercero. La instalación cuenta con resolución de impacto ambiental de fecha 5 de julio de
2021 (Expte: IA 20/1317). El cual se incluye íntegramente en el anexo III de la presente
resolución.
Cuarto. El órgano ambiental publica Anuncio de fecha 14 de diciembre de 2020 en su sede
electrónica, poniendo a disposición del público, durante un plazo de 10 días, la información
relativa al procedimiento de solicitud de autorización ambiental unificada, de conformidad con
lo dispuesto en el artículo 16.5 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de
la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Quinto. Para dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 16.4 de la Ley 16/2015, de 23
de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, tras la modificación introducida en la misma por la Ley 8/2019, de 5 de abril, para una Administración
más ágil en la Comunidad Autónoma de Extremadura, la Dirección General de Sostenibilidad
(DGS) promovió la participación real y efectiva de las personas interesadas, en todo caso de
los vecinos inmediatos con fecha 17 de diciembre de 2020, sin que se hayan pronunciado al
respecto.