Consejería De Movilidad, Transporte Y Vivienda. Transporte Por Carretera. (2021063129)
Resolución de 8 de octubre de 2021, de la Dirección General de Transportes, por la que se determina la fecha, hora y lugar de celebración, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura, de los exámenes destinados a la obtención y renovación del certificado de formación para los Consejeros de Seguridad (CFC) en el transporte de mercancías peligrosas por carretera, y se establece la composición del Tribunal calificador (convocatoria 2021).
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NÚMERO 206
Martes, 26 de octubre de 2021

50368

CONSEJERÍA DE MOVILIDAD, TRANSPORTE Y VIVIENDA
RESOLUCIÓN de 8 de octubre de 2021, de la Dirección General de Transportes,
por la que se determina la fecha, hora y lugar de celebración, en el ámbito
de la Comunidad Autónoma de Extremadura, de los exámenes destinados a
la obtención y renovación del certificado de formación para los Consejeros
de Seguridad (CFC) en el transporte de mercancías peligrosas por carretera,
y se establece la composición del Tribunal calificador (convocatoria 2021).
(2021063129)

En virtud de la Orden de 23 de agosto de 2021 (publicada en el Diario Oficial de Extremadura
n.º 168, de 31 de agosto), se convocan, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura, exámenes para la obtención y renovación del certificado de formación de los Consejeros
de Seguridad (CFC) en el transporte de mercancías peligrosas por carretera (convocatoria
2021), con señalamiento del plazo de presentación de solicitudes dentro de los quince días hábiles siguientes a la fecha de publicación de la convocatoria en el Diario Oficial de Extremadura.
En su dispositivo tercero, se faculta a la persona titular de la Dirección General de Transportes
para dictar, en el ámbito de sus competencias, cuantas disposiciones sean necesarias para el
desarrollo y aplicación de la orden, incluidas las modificaciones que fuere preciso introducir en
los términos de la solicitud, así como para determinar la fecha, horario y lugar de realización
de las pruebas, en uno o más llamamientos independientes, y adoptar cuantos actos requiera
la tramitación del procedimiento.
Asimismo, en su base sexta, se establece que la fecha, hora y lugar de celebración de la prueba, así como la composición del Tribunal calificador, se determinarán mediante resolución de
la Dirección General de Transportes, la cual se publicará en el Diario Oficial de Extremadura.
Así pues, una vez dictada la resolución por la que se hace pública la lista provisional de admitidos y excluidos a las pruebas convocadas por la orden citada, procede fijar la fecha, hora y
lugar de su celebración, así como la composición del Tribunal calificador.
En virtud de lo expuesto, y en el ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 6.1,
letras a) y b) del Decreto 167/2019, de 29 de octubre, por el que se establece la estructura
orgánica de la Consejería de Movilidad, Transporte y Vivienda
RESUELVO:
Primero. Fijar la fecha, hora y lugar de celebración de los exámenes, en los siguientes términos: