Consejería De Educación Y Empleo. Formación Para El Empleo. (2021040150)
Decreto 121/2021, de 20 de octubre, por el que se regula el procedimiento para la declaración estratégica de la formación para el empleo y se establecen las formas para su financiación.
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NÚMERO 206
Martes, 26 de octubre de 2021
50281
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y EMPLEO
Decreto 121/2021, de 20 de octubre, por el que se regula el procedimiento
para la declaración estratégica de la formación para el empleo y se establecen
las formas para su financiación. (2021040150)
De conformidad con la Constitución Española (CE), la política de empleo es el conjunto de
decisiones adoptadas por el Estado y las comunidades autónomas que tienen entre sus fines,
junto con otros, el desarrollo de programas y medidas tendentes a la consecución del pleno
empleo, así como la calidad en el empleo, estableciéndose en el artículo 149 la competencia
exclusiva del Estado sobre la legislación laboral sin perjuicio de su ejecución por los órganos
de las Comunidades Autónomas. A éstas corresponde, en su respectivo ámbito territorial, el
desarrollo de la política de empleo, el fomento del empleo y la ejecución de la legislación laboral y de los programas y medidas que les hayan sido transferidos.
Actualmente, la formación profesional para el empleo en el ámbito laboral se encuentra regulada, con aplicación en todo el territorio español, en la Ley 30/2015, de 9 septiembre,
por la que se regula el Sistema de Formación Profesional para el Empleo, el Real Decreto
694/2017, de 3 de julio, por el que se desarrolla la citada ley, a su vez desarrollado por la
Orden TMS/368/2019, de 28 de marzo, todas ellas de aplicación a todo el territorio nacional;
en el texto refundido de la Ley de Empleo, aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2015, de
23 de octubre, en la Ley Orgánica 5/2002, de 19 de junio de las Cualificaciones y Formación
Profesional y en el Real Decreto 34/2008, de 18 de enero por el que se regulan los certificados
de profesionalidad amen de otra normativa de desarrollo.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 2 de la citada Ley de Empleo, constituye un objetivo de las políticas de empleo, la adopción de “…un enfoque preventivo frente al desempleo
y de anticipación del cambio a través de acciones formativas que faciliten al trabajador el
mantenimiento y la mejora de su calificación profesional, empleabilidad y, en su caso, recalificación y adaptación de sus competencias profesionales a los requerimientos del mercado
de trabajo”, así como también“Fomentar la cultura emprendedora y el espíritu empresarial,
así como mejorar la atención y acompañamiento a las personas emprendedoras en la puesta en marcha de su iniciativa empresarial”. Por otro lado, el artículo 37 de la misma Ley, al
referirse a los principios generales de la políticas activas de empleo, establece como uno de
éstos “La respuesta a las necesidades de las empresas en materia de capital humano, empleo
y formación”, así como también “El fomento del autoempleo y la iniciativa emprendedora,
especialmente en el marco de la economía sosteniblede los nuevos yacimientos de empleo,
incluyendo la atención y el acompañamiento a las personas emprendedoras en la puesta en
marcha de su iniciativa empresarial”.
Martes, 26 de octubre de 2021
50281
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y EMPLEO
Decreto 121/2021, de 20 de octubre, por el que se regula el procedimiento
para la declaración estratégica de la formación para el empleo y se establecen
las formas para su financiación. (2021040150)
De conformidad con la Constitución Española (CE), la política de empleo es el conjunto de
decisiones adoptadas por el Estado y las comunidades autónomas que tienen entre sus fines,
junto con otros, el desarrollo de programas y medidas tendentes a la consecución del pleno
empleo, así como la calidad en el empleo, estableciéndose en el artículo 149 la competencia
exclusiva del Estado sobre la legislación laboral sin perjuicio de su ejecución por los órganos
de las Comunidades Autónomas. A éstas corresponde, en su respectivo ámbito territorial, el
desarrollo de la política de empleo, el fomento del empleo y la ejecución de la legislación laboral y de los programas y medidas que les hayan sido transferidos.
Actualmente, la formación profesional para el empleo en el ámbito laboral se encuentra regulada, con aplicación en todo el territorio español, en la Ley 30/2015, de 9 septiembre,
por la que se regula el Sistema de Formación Profesional para el Empleo, el Real Decreto
694/2017, de 3 de julio, por el que se desarrolla la citada ley, a su vez desarrollado por la
Orden TMS/368/2019, de 28 de marzo, todas ellas de aplicación a todo el territorio nacional;
en el texto refundido de la Ley de Empleo, aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2015, de
23 de octubre, en la Ley Orgánica 5/2002, de 19 de junio de las Cualificaciones y Formación
Profesional y en el Real Decreto 34/2008, de 18 de enero por el que se regulan los certificados
de profesionalidad amen de otra normativa de desarrollo.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 2 de la citada Ley de Empleo, constituye un objetivo de las políticas de empleo, la adopción de “…un enfoque preventivo frente al desempleo
y de anticipación del cambio a través de acciones formativas que faciliten al trabajador el
mantenimiento y la mejora de su calificación profesional, empleabilidad y, en su caso, recalificación y adaptación de sus competencias profesionales a los requerimientos del mercado
de trabajo”, así como también“Fomentar la cultura emprendedora y el espíritu empresarial,
así como mejorar la atención y acompañamiento a las personas emprendedoras en la puesta en marcha de su iniciativa empresarial”. Por otro lado, el artículo 37 de la misma Ley, al
referirse a los principios generales de la políticas activas de empleo, establece como uno de
éstos “La respuesta a las necesidades de las empresas en materia de capital humano, empleo
y formación”, así como también “El fomento del autoempleo y la iniciativa emprendedora,
especialmente en el marco de la economía sosteniblede los nuevos yacimientos de empleo,
incluyendo la atención y el acompañamiento a las personas emprendedoras en la puesta en
marcha de su iniciativa empresarial”.